Carolina Stanley explicará en Diputados el proyecto de urbanización de villas
La iniciativa, consensuada con el Poder Ejecutivo, permitirá la urbanización de asentamientos irregulares en la que habitan 3,5 millones de argentinos.
- Nacional
- May 16, 2018
La ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, concurrirá este miércoles a la Cámara de Diputados para exponer ante un plenario de comisiones los alcances del proyecto de ley presentado por el oficialismo que propone expropiar terrenos donde se levantan 4.228 barrios precarios en todo el país, para urbanizarlos y otorgarles a sus habitantes los respectivos títulos de propiedad.
De acuerdo con lo previsto, Stanley expondrá a partir de las 10 ante un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales, que preside Pablo Tonelli (Pro); Vivienda y Ordenamiento Urbano, a cargo de Felipe Solá (Frente Renovador); Legislación General, encabezada por Daniel Lipovetzky (Pro); y Presupuesto y Hacienda, liderada por Luciano Laspina (Pro).
Se trata de un proyecto presentado en la Cámara baja a principios de abril por los presidentes de las tres principales bancadas que integran el interbloque Cambiemos: Mario Negri (UCR-Cambiemos), Nicolás Massot (Pro) y Elisa Carrió (Coalición Cívica), que se reunieron días atrás con la ministra Stanley para analizar los alcances de la propuesta.
La iniciativa, consensuada con el Poder Ejecutivo, permitirá la urbanización de villas de emergencia en la que habitan 3,5 millones de argentinos, según destacaron en la oportunidad los jefes de las bancadas que conforman la coalición oficialista.
A través de la iniciativa se declara de “interés público” el régimen de integración socio urbana de los barrios populares identificados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (Renabap) creado por decreto 358/2017 y sostiene que sólo serán alcanzados los barrios ya relevados e identificados.
El proyecto determina que “la declaración de utilidad pública aplica exclusivamente sobre los bienes inmuebles en los que se encuentran asentados barrios populares debidamente relevados e identificados en el Renabap a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley y cuya propiedad no sea del Estado Nacional”.