JUEVES, 21 DE NOV

Apelaron el sobreseimiento de cuatro gendarmes vinculados al caso Santiago Maldonado

La Fiscalía Federal de Esquel y la familia de Maldonado apeló los sobreseimientos de los gendarmes Emmanuel Echazu, Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra. Ahora, el juez Gustavo Lleral evaluará si concede las apelaciones.

 

La Fiscalía Federal de Esquel apeló junto a querellantes el sobreseimiento de cuatro gendarmes que estuvieron acusados por la muerte de Santiago Maldonado, ocurrida en agosto de 2017 en medio de una protesta en Chubut.

La apelación –que lleva la firma del juez Santiago Roldán junto con los querellantes, que son la familia de Maldonado, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Comisión por la Memoria– es al fallo del juez federal Gustavo Lleral, quien desvinculó a los gendarmes luego de estar siendo investigados durante años.

Ahora, el juez Lleral evaluará si concede las apelaciones para que sean evaluadas por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, aunque, en caso de no hacerlo, los apelantes pueden ir “en queja”.

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Paralelamente al proceso judicial, está pendiente una queja de la familia de Maldonado contra el juez Lleral ante la Corte Suprema de Justicia en virtud de una presentación en la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la responsabilidad del Estado Argentino en la “desaparición forzada” que, según la familia, hubo contra el joven.

A Maldonado se lo vio por última vez el 1 de agosto de 2017 y su cuerpo apareció recién el 17 de octubre de ese año. La sospecha siempre estuvo sobre el accionar de la Gendarmería Nacional, ya que ese 1 de agosto se llevó a cabo un operativo en la comunidad Pu Lof en Resistencia Cushamen, en inmediaciones de la Ruta 40, la cual era ocupada por la comunidad mapuche.

Los sobreseimientos, dictados el 11 de agosto último, recayeron sobre el gendarme Emmanuel Echazu, investigado por desaparición forzada de persona, y también sobre Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra, estos tres últimos acusados por los delitos de daño, abuso de autoridad y omisión de deberes de funcionario público.

El juez evaluó que la Gendarmería no detuvo en ese operativo ni a Maldonado ni a ninguna otra persona, al tiempo que descartó que el joven haya sido llevado a algún lugar por la fuerza de seguridad.

Además, en la autopsia realizada el 20 de octubre de 2017 se constató que el joven murió por asfixia por sumersión y que su ingreso a las frías aguas del Río Chubut fue cuando estaba con vida.

“Debo tener por probado que Santiago Andrés Maldonado falleció en el Río Chubut, a la altura del predio ocupado por la comunidad denominada Pu Lof en Resistencia Cushamen, en la hondonada de aproximadamente más de 2 (dos) metros de profundidad en la que se sumergió el 1° de agosto de 2017; y que su cuerpo sin vida permaneció ininterrumpidamente allí hasta que fue hallado el 17 de octubre de 2017, primero sumergido en el fondo del lecho y, pocos días antes de su rescate, flotando en la superficie de ese curso de agua”, concluyó el juez en su extenso fallo.

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