Impuesto a las Ganancias y créditos UVA: los proyectos que tuvieron dictamen favorable en el Senado
En una reunión de la comisión de Presupuesto y Hacienda se avanzó con el tratamiento de proyectos que buscan modificar el Impuesto a las Ganancias y atender la situación de los tomadores de créditos hipotecarios UVA. Ambas iniciativas están habilitadas a ser tratadas en la próxima sesión, que sería la semana que viene.
- Conclusión en Buenos Aires
- Sep 21, 2023
Aldo Battisacco – Conclusión Buenos Aires
La comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Senadores se reunió este jueves y dio dictamen favorable a dos proyectos que están listos para tratarse en las próximas sesiones: se trata de la iniciativa que modifica el Impuesto a las Ganancias, y de otra que busca atender la situación de los tomadores de créditos hipotecarios UVA.
Visto bueno para modificar Ganancias
El proyecto de ley que modifica el Impuesto a las Ganancias tuvo dictamen favorable gracias a las firmas aportadas por el interbloque oficialista del Frente de Todos, y quedó listo para ser debatido en el recinto de sesiones desde la semana que viene.
El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, y que esta semana obtuvo la aprobación de Diputados, crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) al mes, con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año.
Además, establece que quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir 15 SMVN al mes.
La iniciativa será puesta a discusión en el recinto la semana que viene, según indicó el jefe del bloque de senadores del Frente de Todos, el formoseño José Mayans.
A partir de los 15 SMVN mensuales se deberá pagar un 27% sobre el excedente; entre más de 15 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente; entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente; entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente y para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.
El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal.
Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.
Respuesta para tomadores de créditos UVA
El proyecto de ley venido en revisión de la Cámara de Diputados para atender la situación de los tomadores de créditos hipotecarios UVA obtuvo también podría ser tratado en sesión desde la semana que viene. No obstante, a instancias del oficialismo, la iniciativa recibirá algunos cambios por lo que, de ser aprobada en el recinto, deberá volver a la Cámara baja en segunda revisión.
La iniciativa promueve atender la situación de los tomadores de créditos hipotecarios UVA, en base al planteo de que la cuota a abonar no deberá superar el 30% de los ingresos de los deudores, a lo que se agrega la suspensión de los desalojos por un plazo de un año.
Sin embargo, en el dictamen del oficialismo se agregaron algunos puntos que cambian el proyecto original. En principio, se dejan sin efecto las cláusulas de ajuste UVA-UVI para todos los préstamos que tengan por destino adquisición de vivienda única y se las sustituye por un mecanismo de indexación por el Índice de Salario que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Además, se ordena la realización de nuevos mutuos, proponiendo una novación (la transformación de una obligación en otra) en la que el capital debe retrotraerse al 31 de agosto de 2019 sobre el cual hay que restarle las porciones de capital que están contenidas en las cuotas que se hayan abonado entre esa fecha y la fecha del mutuo nuevo.
En el dictamen oficialista, a partir de allí se ajusta por el índice de salarios con más interés del 3,5% nominal anual.
Además, el recálculo que deben hacer para novación las entidades financieras debe ser con fecha de 1 de septiembre de 2023: todos los cálculos para el nuevo crédito deben ser con esta fecha.
Asimismo, se establece como autoridad de aplicación al Banco Central y se le insta a que, a través de las entidades financieras que otorgan los créditos, se ponga en práctica un programa de difusión en materia financiera para los clientes actuales y futuros, poniendo énfasis en los riesgos que se toman ante determinados productos que ofrece el banco para evitar las publicidades confusas.
Además, se puntualizó que en el caso de que la relación cuota ingreso no calce en el 30% de los ingresos del tomador del crédito, las entidades bancarias deben establecer métodos para llegar a un acuerdo, pero siempre teniendo en cuenta la Ley de Defensa del Consumidor.
Finalmente, el proyecto mantiene los artículos para que quienes estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias puedan deducir anualmente hasta tres salarios mínimos, mientras que los deudores podrán vender su propiedad y el crédito existente.
Además, la iniciativa prevé la creación de un fondo fiduciario para hacerse cargo de hasta tres cuotas del crédito en caso de que el deudor se encuentre en cese laboral.