VIERNES, 22 DE NOV

Condenas de hasta cinco años de prisión para los prefectos acusados del homicidio de Rafael Nahuel

Los condenados no serán detenidos hasta que el fallo quede firme, luego de las previsibles apelaciones de las defensas y también de las querellas.

El Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca condenó este miércoles al prefecto Sergio Cavia a cinco años de prisión por el delito de “homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa”, en perjuicio del joven mapuche Rafael Nahuel, en tanto que otros cuatro prefectos -Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García- fueron condenados a 4 años y medio como “partícipes necesarios” por el mismo delito.

Así lo informó el tribunal rionegrino al leer el veredicto en el juicio por el asesinato del joven mapuche, cometido el 25 de noviembre de 2017 durante un operativo del Grupo Albatros en un predio en disputa entre la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu y la Dirección de Parques Nacionales en Villa Mascardi, Bariloche.

Luego de más de tres meses de audiencias en la instancia oral y pública del juicio, el tribunal integrado por Alejandro Silva (presidente), Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava dió su veredicto en una audiencia que comenzó a las 9 con las palabras finales de los procesados. Los jueces darán a conocer los fundamentos de su sentencia en los próximos días.

Los condenados no serán detenidos hasta que el fallo quede firme, luego de las previsibles apelaciones de las defensas y también de las querellas.

“Es una burla”, dijo Graciela Salvo, mamá de Rafael, y explicó que esperaban “prisión perpetua y que vayan ya a la cárcel”. Alejandro Nahuel, padre de Rafael, señaló que la familia “se siente desilusionada” porque “los asesinos de nuestro hijo siguen en libertad”.

El fallo fue cuestionado por la familia del joven asesinado y por las tres querellas que en sus alegatos habían solicitado prisión perpetua para los implicados. Según los abogados de la comunidad, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos, APDH Bariloche, no existió un enfrentamiento con armas de fuego que justifique el atenuante del exceso en legítima defensa.

Según habían planteado oportunamente, los Albatros persiguieron y dispararon en más de 150 oportunidades contra los integrantes de la comunidad, quienes se defendieron arrojando piedras.

Mientras que el tribunal dio por cierto el relato del enfrentamiento, sostenido por las dos defensas de los uniformados. Los jueces tampoco adhirieron al pedido de las querellas de condenas por coautoría funcional de los cinco implicados, y en cambio condenó por el homicidio a Cavia y como partícipes necesarios a los otros cuatro Albatros.

Pietragalla Corti que el fallo “no es lo que esperaba”, ya que durante el proceso “quedó clara la persecución y cacería” por parte de los uniformados contra la comunidad.

Por su parte, Santillán aseguró: «Me nace acompañar a la familia de Rafael Nahuel porque, sin lugar a dudas, mi hijo Darío estaría acá. Me parece que es el lugar correcto, donde hay que estar. Qué mejor que caminar en la misma vereda que caminaron nuestros hijos y sus compañeros que fueron asesinados por las balas del Estado».

En las inmediaciones de los tribunales, que presentaron un refuerzo de su seguridad con un vallado levantado a 40 metros del ingreso a Tribunales, se manifestaron militantes de agrupaciones de izquierda, movimientos sociales y de comunidades mapuches.

Al término de la lectura del fallo, los familiares se dirigieron a los presentes y mostraron su indignación por las condenas. Por su parte, el abogado querellante Rubén Marigo anticipó que apelará la resolución y llevará el caso a los organismos internacionales de Derechos Humanos. Calificó el fallo como “lamentable” y dijo que “alienta la violencia institucional”.

“Ha sido insuficiente la respuesta de la Justicia y lo lamentamos”, agregó Marigo, y consideró que “durante todo este proceso quedó demostrado que hubo una persecución, que los Albatros dispararon más de 150 veces y que además de matar a Rafita, hirieron por la espalda a otras dos personas”.

Sobre este último punto, el Tribunal tampoco hizo lugar al pedido de condena por homicidio agravado en grado de tentativa, en perjuicio de Johana Colhuan y Gonzalo Coña, los dos jóvenes heridos durante el operativo del 25 de noviembre de 2017.

Al término del acto de cierre de la movilización, un grupo derribó las vallas colocadas sobre calle España y arrojó piedras contra el cordón de efectivos de Gendarmería. La situación no pasó a mayores y los manifestantes se retiraron por las calles céntricas de la ciudad cantando consignas contra la policía y el Estado.

Durante el proceso judicial, las tres querellas participantes del juicio habían solicitado una condena de prisión perpetua para los cinco integrantes de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina, por considerarlos coautores funcionales del delito de homicidio doblemente calificado en concurso ideal con homicidio agravado en grado de tentativa.

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