La letra chica del decreto de Milei: ministros podrán privatizar y cerrar empresas estatales
En el decreto que reduce a nueve la cantidad de ministerios, también se especifica el rol y las potestades que tendrá cada funcionario. En este sentido, tanto el jefe de Gabinete como el titular de Economía están habilitados a intervenir en el cierre, liquidación, privatización, fusión, disolución o centralización de empresas o sociedades estatales.
- Nacional
- Dic 11, 2023
A menos de un día de asumir a la presidencia, Javier Milei publicó este lunes, en el Boletín Oficial, el primer Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), en el que redujo la cantidad de ministerios, que pasaron de 18 a 9, al tiempo que especificó todas las facultades que tendrán los ministros. En este punto, se observó que tanto el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, como el titular de Economía, Luis “Toto” Caputo, están habilitados para intervenir en empresas públicas e incluso permitir que las mismas se privaticen y cierren.
El DNU aclara que habrá nueve ministerios: del Interior, a cargo de Guillermo Francos; de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, encabezado por Diana Mondino; de Defensa, liderado por Luis Petri; de Economía, en manos de Luis Caputo; de Infraestructura, encabezado por Guillermo Ferraro; de Justicia, liderado por Mariano Cúneo Libarona; de Seguridad, cuya titular es Patricia Bullrich; de Salud, a cargo de Mario Russo; y de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello.
En su esencia, el Decreto 8/2023 rediseña todas las áreas del Estado y aclara cuáles serán las funciones de los ministros. Aquí cobraron relevancia las potestades que se adjudicó a Posse y Caputo: ambos podrán intervenir en los presupuestos de empresas y sociedades que funcionen dentro del área estatal y también participar de su privatización o cierre.
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El artículo 16 del DNU enumera todos los atributos que tendrá el jefe de Gabinete: podrá “intervenir en los planes de acción y los presupuestos de las sociedades del Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados y cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en su área; así como en su intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión, disolución o centralización”.
El jefe de ministros también podrá intervenir, previo a la designación de los directores que actuarán en representación del Estado Nacional, en las empresas y sociedades actuantes en la órbita de los Ministerios y Secretarías que conforman la Administración Pública Nacional.
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El titular de la Jefatura de Gabinete deberá llevar adelante un sistema de información para seguir el desempeño de las empresas de la administración Pública Nacional, como así también establecer lineamientos, directivas y recomendaciones a los encargados de manejar estos organismos.
En cuanto a los sueldos, el jefe de Gabinete también podrá “participar en la aplicación de la política salarial del sector público, con participación de los Ministerios y organismos que correspondan”.
Al ministro de Economía, que en este caso será Luis “Toto” Caputo, se lo habilita a “supervisar y coordinar las acciones de las entidades financieras oficiales nacionales”.
También se lo faculta a “intervenir en el desenvolvimiento de las empresas y sociedades del Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados y cuentas y fondos especiales, tanto en lo referido a los planes de acción y presupuesto como en cuanto a su intervención, cierre, liquidación, privatización, fusión, disolución o centralización”.
Caputo podrá, además, intervenir en las negociaciones salariales y en el dictado de actos administrativos de alcance general que otorguen beneficios económicos de cualquier tipo a los agentes comprendidos en las jurisdicciones del Sector Público Nacional o en aquellas negociaciones salariales que, directa o indirectamente, signifiquen erogaciones del Tesoro Nacional.
Cambios para que Karina Milei asuma como secretaria
En enero del 2018, el entonces presidente Mauricio Macri había publicado un decreto en el que prohibía la designación, en el Sector Público Nacional, de personas que tengan algún vínculo de parentesco, tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el presidente y vicepresidente de la Nación, como así también con los ministros.
Sin embargo, el pasado domingo se conoció que Karina Milei, hermana del presidente Javier Milei, fue designada como secretaria general de Presidencia, lo que, en principio, incumplía con el decreto emitido por Macri hace casi seis años atrás.
Pero para no quedar fuera de la norma, el presidente Milei modificó este texto: a través del Decreto 12/2023 se planteó la necesidad de “limitar la prohibición establecida mediante el Decreto Nº 93/18 a aquellas designaciones o contrataciones que se efectúen en el marco de las Leyes Nros. 20.744 y 25.164 y del Decreto Nº 1109/17, exceptuándose, de esta manera, los nombramientos que el Presidente de la Nación realiza en virtud de las facultades que le son conferidas por la Constitución”