LUNES, 25 DE NOV

Un juzgado federal admitió el primer amparo colectivo contra el DNU desregulador de Milei

La presentación había sido realizada el jueves por el Observatorio del Derecho, junto al secretario general de la CTA Autónoma, Hugo “Cachorro” Godoy; el presidente de Unidad Popular, Claudio Lozano y el titular de ATE nacional, Rodolfo Aguiar.

 

Un juzgado federal confirmó este sábado que analizará la validez del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que dictó el presidente Javier Milei para desregular la economía. Así lo definió al admitir un amparo colectivo que solicita la declaración de inconstitucionalidad y «nulidad absoluta» del paquete de reformas publicado en el Boletín Oficial. Esta presentación judicial fue impulsada por organizaciones como ATE y la CTA, que la redactaron junto al Observatorio del Derecho de la Ciudad de Buenos Aires y el partido Unidad Popular.

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal número 2, a cargo de Esteban Furnari, admitió el amparo y ordenó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos, según el texto de la resolución.

La presentación había sido realizada el jueves por el Observatorio del Derecho, junto al secretario general de la CTA Autónoma, Hugo “Cachorro” Godoy; el presidente de Unidad Popular, Claudio Lozano y el titular de ATE nacional, Rodolfo Aguiar.

En el escrito, los dirigentes advirtieron que la norma implica una «desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.

El objetivo de la demanda busca obtener la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del DNU que fue presentado esta semana en cadena nacional por el presidente Javier Milei y publicado el jueves en el Boletín Oficial, por constituir «el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público».

Los demandantes solicitaron una medida cautelar que suspenda los efectos de la norma, así como la suspensión del artículo 24 de la Ley 26.122 del Régimen Legal de los DNU que establece que «el rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación».

El amparo completo:

Amparo colectivo contra el DNU de Milei by Conclusión TV on Scribd

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