Mayoraz, sobre la denominada Ley Ómnibus: «No veo suma del poder público en el presidente»
En una entrevista exclusiva con Conclusión, días antes del inicio del debate de en el plenario de comisiones de la Cámara baja, el santafesino planteó que es "muy poco democrático" intentar frenear los paquetes de reformas impulsados por el Ejecutivo y advirtió que el país "está al borde del precipicio".
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- Ene 12, 2024
El diputado nacional de Santa Fe por La Libertad Avanza, Nicolás Mayoraz, considera que la oposición es incoherente al momento de rechazar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que dictó el presidente Javier Milei y la posterior Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, ya que -desde su punto de vista- comprenden instrumentos que fueron utilizados en reiteradas ocasiones desde el retorno de la democracia. Así lo expresó en una entrevista exclusiva con Conclusión, días antes del inicio del debate de en el plenario de comisiones de la Cámara baja, donde actúa como titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales.
El santafesino -que accedió a una banca en las últimas elecciones nacionales al ocupar el segundo lugar de la lista que encabezó Romina Diez- defendió tanto las formas como el contenido de los paquetes reformistas y planteó que es «muy poco democrático» intentar frenarlo y «ponerle palos en la rueda» a un mandatario que consiguió el triunfo hace tan solo unas semanas. A la vez, resaltó que el dirigente de LLA necesita que los legisladores aprueben lo antes posible las iniciatias enviadas al Congreso porque Argentina «está al borde del precipicio».
– ¿Cuál es el balance de las primeras semanas del gobierno de Javier Milei?
– Milei ha cumplido con las expectativas de la gente porque cumplió con lo que le prometió antes de la campaña, durante y después de asumir. Esto significa dar un vuelco de 180 grados en toda la política argentina, no solo en la faceta económica, para tratar de salir de alguna manera de esta crisis que estamos viviendo. Una crisis que es terminal; la más grave que puede llegar a enfrentar la historia argentina en términos económicos y sociales. El gobierno saliente dejó un caos, la situación es muy seria y grave. Estas primeras semanas, como prometió, tenemos paquetes de leyes que debemos tratar en el Congreso, como el DNU y el proyecto de Ley Bases que presentó el Ejecutivo. Vamos a tener trabajo todo enero. No nos tomamos vacaciones porque la situación necesita que estemos todos trabajando a full. El presidente nos pide que aprobemos esto antes de que terminen las sesiones extraordinarias para darle las herramientas que necesita para sacar al país adelante.
– En cuanto al Decreto de Necesidad y Urgencia, ¿está de acuerdo tanto con la forma como con el contenido del decreto en su totalidad o cree que hay puntos que deberían haber sido incluidos en proyectos de ley y no salir por DNU? Apelo también a su rol de abogado constitucionalista.
– Me sorprendió el ataque inmediato y moribundo de algunos sectores contra el DNU, olvidándose de que es algo que está en la Constitución -en el artículo 99, inciso 3ro-. Es cierto que es una facultad excepcional, pero la Constitución establece los límites y las condiciones del dictado del DNU y, como decía antes, la situación en la que se encuentra la Argentina es realmente es grave. El propio Gobierno la califica como catastrófica, así que está justificado porque el tratamiento normal de estas cuestiones en el parlamento insumiría muchos meses. Meses con los que no contamos. Estamos al borde del precipicio, la Argentina es un enfermo terminal, y no podemos demorar todo el tiempo que insumiría el tratamiento de la ley.
– Su lectura es que es válido, entonces.
– Creo que el análisis constitucional es válido. Además, seríamos muy hipócritas y cínicos si analizamos la facultad de forma así aséptica o teórica sin tener en cuenta cuál es la práctica constitucional argentina. Es cierto que cuando se reguló en la Constitución el DNU se lo hizo para de alguna manera atenuar el hiperpresidencialismo, pero la práctica constitucional posterior muestra que la Argentina tiene una marcada tendencia y costumbre presidencialista. Tenemos una cultura política presidencialista; no tenemos la cultura europea, que es parlamentaria o parlamentarista. Eso no es ni malo ni bueno; es una costumbre que tenemos. A los DNU los han utilizado todos los gobiernos, sin importar el signo político. Ellos han hecho uso y abuso del DNU, sobre todo en el gobierno de Néstor Kirchner, donde se abusó de la figura y se la utilizó para cualquier cosa que no tenía nada que ver realmente con una urgencia o con la imposibilidad de seguir los trámites en el Congreso. Alberto Fernández también lo hizo. En realmente llamativo que de golpe empiecen a decir que Javier Milei no puede usar esta herramienta.
– Nunca hubo un DNU de esta magnitud.
– Bueno, habrá que estudiarlo y leerlo más, pero la Constitución no habla del tamaño del DNU ni de la cantidad de cosas que puede regular. No pone esos límites; sí lo hace al fijar los contenidos sobre los que puede dictarse. Algunas personas me parece que no ven la gravedad de la situación que estamos viviendo. Estas parecen discusiones bizantinas. Se rasgan las vestiduras con ciertos temas, diciendo que no deben ser tratados, y la verdad que el DNU tampoco afecta derechos, todo lo contrario. Lo que está haciendo es liberar la economía; las actividades productivas y un montón de situaciones que estaban restringidas para los ciudadanos por normativas absurdas que lo único que hacían era encarecer y generar más recesión económica. Javier Milei está haciendo lo que es necesario hacer en esta situación que estamos viviendo. Es perfectamente constitucional.
– ¿Y más allá de las formas? ¿Está de acuerdo totalmente con el contenido del Decreto?
– Aquí juega la otra cuestión, que es la legitimidad del presidente para plantearlo. Fue votado por el 56% de los argentinos y ha sido el presidente más votado de la historia. En consecuencia, está legitimado para hacer estos planteos. Muy por el contrario, la oposición -y sobre todo la oposición que perdió en las PASO- que aparece ahora cuestionando todo esto, no tiene legitimidad para salir a decirle al presidente qué es lo que les parece que debería hacer o no. Le quieren marcar la agenda presidencial a alguien que hace un mes que fue elegido. Creo que es muy poco democrático no respetar la voluntad popular y ponerle las trabas que le quieren poner al presidente.
– Desde el análisis político está planteado el interrogante de dónde estaría la necesidad o la urgencia para habilitar que los clubes sean Sociedades Anónimas Deportivas -SAD- o derogar la Ley de Manejo del Fuego y la Ley de Tierras.
– Hago la pregunta a la inversa. ¿Cuál es el agravio o el perjuicio de que se te de la libertad de elegir si querés constituirte como sociedad anónima? ¿a quién perjudica la norma? Cuando uno cuestiona algo tiene que tener algún perjuicio, porque si no es puramente una opinión teórica. Entramos al terreno de lo opinable, donde uno puede considerar está bien o mal, pero a los fines legales, lo que hay que buscar es dónde está el agravio para decir «bueno, esto habilita a cuestionarlo legalmente». El DNU no hace obligatoria la elección de las Sociedad Anónimas como figura jurídica para un club. Lo que está haciendo, es decir: ‘Bueno, si los clubes quieren, pueden constituirse como tales». Es optativo. Muchos pueden manifestarse -como ya lo han hecho- en contra. Perfecto.
– ¿Y la Ley de Tierras?
– La Ley de Tierras vigente antes del DNU fijaba un tope de 15% para la posibilidad de comprar tierras por parte de extranjeros. ¿Saben qué nivel tenemos hoy de compra de tierras por extranjeros? El 4%. Entonces, ni siquiera es que hemos llegado a un punto en el que estamos liberando y se van a comprar todas las tierras. Estaba esta limitación y no se llegó ni siquiera al tope. Si usted me pregunta si este punto es necesario o urgente, la verdad que es un tema que sí me parece que se puede analizar, perfectamente.
– Más teniendo en cuenta este dato que da, que -según lo que dice- marca que no hay una demanda al respecto.
– Exactamente. Para mí es un tema que perfectamente se puede analizar en el DNU. Mi posición es de defensa de la soberanía argentina en todo el territorio y de los lugares estratégicos y de los sectores ubicados en la zona de frontera. Tenemos zonas de fronteras que son muy extensas y muy despobladas. Y recursos naturales que están insertos en áreas de actividad económica productiva y que también hay que proteger. Me parece que los intereses nacionales se pueden proteger de muchas maneras. La Ley de Tierras era una forma de protegerlo. Igual tampoco es que la ley cumplió su cometido de ser un freno a la demanda. Creo que podemos compatibilizar perfectamente la libertad económica -si es lo que se busca proteger- con el legítimo derecho de la protección de la soberanía. También hay que marcar que ahora aparecen los patriotas, pero ¿dónde estaban los patriotas cuando se instalaron las bases chinas en la Patagonia? ¿dónde están los que autorizaron la instalación de esas bases? Tenemos dos y no hicieron nada. Además, es escandaloso porque la Argentina no puede ingresar, ha perdido soberanía. Bienvenido sea que discutamos estas cosas, pero pongamos todo sobre la mesa.
– Paso a consultarle por la denominada Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos. Arranco con un tema que puede vincularse con lo de las bases chinas porque, por ejemplo, en el artículo 346, cuando habla de Defensa, dice: «Ingreso fuerzas extranjeras. Facúltase al Poder Ejecutivo a autorizar el ingreso al país de contingentes de personal y medios de las Fuerzas Armadas, pertenecientes a otros países para actividades de ejercitación, instrucción o protocolares de carácter combinado». ¿No habría una colisión ahí con lo que venimos marcando?
– No, esa es una práctica común. Siempre se hacen ejercicios militares conjuntos. Muchos lo marcaban como que está permitiendo el desembarco de fuerzas extranjeras. No, no. No es así. Son siempre acuerdos marco de capacitación o de tareas conjuntas. Se hace en la Armada, en el Ejército y la Fuerza Aérea, ya sea de capacitación o de aprendizaje de técnicas de utilización de material bélico. Te diría que en todos los años se hacen estas autorizaciones legales y se realizan. ¿Por qué pide (el presidente) en este punto la delegación de facultades? Porque la Argentina -y esto me parece una buena noticia- va a emprender un proceso de modernización de su capacidad militar, que hoy está postergada porque no ha habido inversión. El gobierno saliente realmente no le ha prestado ninguna atención. Ha habido accidentes aéreos fatales en la Argentina con aviones de la Fuerza Aérea porque el material está completamente fuera de uso. Creo que se viene un plan de modernización de las Fuerzas Armadas y eso va a implicar que se realicen ejercicios de capacitación y demás. Yo no veo ahí ningún tipo de riesgo de afectación de la soberanía. Para nada. Al contrario, reconozco que esto apunta a que podamos mejorar y profesionalizar nuestras fuerzas.
– Hago foco en el artículo 3 de la Ley Ómnibus, tal vez el más controversial, que declara la emergencia en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025, con la posibilidad de que el propio presidente lo prorrogue. ¿Esto no sería directamente la suma del poder público en manos del presidente, como lo están denunciando algunos sectores, y la virtual anulación del Congreso en ese estado?
– No, no. La delegación de facultades está prevista en el artículo 76 de la Constitución Nacional. La Constitución dice -y la jurisprudencia de la Corte nacional lo remarcó- las condiciones sobre las cuales es factible la delegación. Tiene que ser sobre materia determinada; con plazo determinado y finalidad determinada. Lo que me lees es el enunciado, que es la declaración de emergencia y el pedido de delegación legislativa, pero no es «deléguenme todo para hacer yo todo». Cada capítulo establece los parámetros y condiciones de la delegación. Tengo que remarcarlo nuevamente: es una práctica constitucional que han ejercido todos los presidentes de la Argentina desde el 94 a esta parte. La delegación de facultades se la piden todos los presidentes al Congreso y el Congreso históricamente se las ha dado siempre. Se fijan bases y límites. ¿Qué le va a tocar hacer al Ejecutivo? dictar todas esas normas de acuerdo a estos principios y límites que le pone la ley.
– ¿Y al Poder Legislativo qué le va a tocar si esto sale aprobado?
– Si el día de mañana el presidente saca un decreto, una norma reglamentaria delegada, el Congreso va a controlar porque para eso está. El Congreso dirá: «Mire, usted acá me había pedido una delegación legislativa para la reorganización administrativa del empleo público, pero se excedió, porque ya no está abordando eso, sino que se está metiendo con otra cosa». Eso se va a discutir, es una tarea que tiene el Congreso y también la Justicia. No veo suma del poder público. Por supuesto que es una ley grande, ambiciosa y abarca muchos temas. La delegación legislativa también abarca muchos temas, pero siempre con limitaciones específicas. La delegación nunca es un cheque en blanco, porque no supera un test de constitucionalidad una delegación en esos términos.