JUEVES, 21 DE NOV

Alquilar en Rosario: ¿qué expensas deben pagar los inquilinos y cómo se actualiza la renta?

La subsecretaria de Hábitat de Rosario, Josefina del Río, mencionó cuáles son las dudas más frecuentes que tienen los inquilinos. En este sentido, la Municipalidad habilitó espacios de consulta para que los rosarinos puedan recibir asistencia legal en materia de alquileres. 

Por Elisa Soldano

Las idas y vueltas que sufrió la Ley de Alquileres, que finalmente fue derogada por el presidente Javier Milei a fines de diciembre, llevó a que los inquilinos afronten meses de incertidumbre en cuanto a la renovación de contratos y ajustes en los montos de renta. Por este motivo, la Municipalidad de Rosario habilitó espacios de consultas, en donde se atienden inquietudes y se brindan herramientas legales.

Quienes deseen recibir asesoramiento y plantear algún tipo de duda, puede enviar un mail a [email protected] –donde quedará en contacto con un asesor– o concurrir al Distrito Centro de lunes a viernes, entre las 8 y las 15.

Recientemente también se habilitaron espacios de consulta en otras zonas de la ciudad, los cuales funcionan de 8 a 10.30: los lunes se atiende en el Distrito Norte, los martes en el Noroeste, los miércoles en el Sudoeste, los jueves en el Oeste y los viernes en el Distrito Sur.

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Para conocer cuáles son las principales inquietudes que plantean los inquilinos rosarinos, Conclusión habló con la subsecretaria de Hábitat, Josefina del Río, quien explicó: “Lo que más recibimos son consultas sobre liquidación de expensas y coeficientes de actualización. Con todo el cambio normativo se generaron muchísimas dudas en cuanto a qué índice se usa para actualizar, con qué periodicidad, cuáles son los gastos de inicio, cómo se calcula el sellado y los honorarios”.

Y aclaró: “Actualmente rigen las normativas de Código Civil y Comercial. Hay una suerte de libertad para elegir cómo se renueva el contrato de alquiler. Ahora coexisten distintos índices y se puede pactar en distintas monedas”.

Del Río advirtió que, derogada la Ley de Alquileres, lo que prima son los contratos de dos años. Asimismo, indicó que tanto la Municipalidad como el Colegio de Corredores Inmobiliarios (Cocir) recomiendan que la actualización de los contratos sea por el Índice de Contratos de Locación (ICL).

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En relación a las expensas, explicó: “Hablamos de expensas ordinarias y expensas extraordinarias y al mismo tiempo de los gastos habituales y no habituales. En esta lógica las no habituales y las extraordinarias son aquellas que carga el propietario, legalmente hablando. Todo lo que es habitual, como mantenimiento normal del edifico, lo va a pagar el inquilino, como el service del ascensor, los gastos de administración o el portero. El propietario paga cuando se decide en una asamblea y toma el nombre de expensa extraordinaria, como la impermeabilización de una azotea o el recambio del sistema de gas del edificio. Y también aquellas que, si bien las decide el administrador, no son habituales, como la rotura de un caño”.

Por último, la funcionaria señaló que “todos los contratos mantienen la aplicación de la ley dentro de la cual se firmaron”. Esto quiere decir que por más que la Ley de Alquileres fue derogada, si los contratos se firmaron antes de enero de 2024, seguirán respetando a esta normativa hasta su vencimiento.

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