Afip anuncia reintegros por cumplimiento de pago a monotributistas: ¿cómo tramitarlos?
El organismo de control informó que aquellos pequeños contribuyentes de las categorías A, B, C y D podrán acceder al reintegro cuando se hubiera abonado el impuesto de al menos ocho períodos mensuales.
- Economía
- Mar 26, 2024
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó que aquellos monotributistas de las categorías A, B, C y D podrán acceder al reintegro cuando se hubiera abonado el impuesto de al menos ocho períodos mensuales a través de débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjetas de créditos.
Afip indicó que los monotributistas que hubieran cumplido en tiempo y forma con el pago mensual durante los 12 meses del año, mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito, se les reintegrará un importe equivalente al impuesto integrado.
Cuando se trate de inicio de actividad o de un período calendario irregular, el reintegro será del 50%, siempre que la cantidad de meses pagados en tiempo y forma sea entre 6 y 11.
El reintegro se realizará en el mes de marzo de cada año y se otorgará únicamente a quienes hayan efectuado los pagos mensuales mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático con tarjeta de crédito. El importe será acreditado automáticamente en la cuenta bancaria o tarjeta de crédito adheridas como medio de pago.
Para solicitar el reintegro ingresar AFIP
Guía de trámite
Reintegro por cumplimiento de pago a monotributistas by Conclusión Diario Digital on Scribd