JUEVES, 21 DE NOV

¿Cuáles son los principales puntos de la reforma jubilatoria que aprobó el Senado santafesino?

A grandes rasgos, mantiene las edades de retiro en 60 años para las mujeres y 65 para los varones –aunque esto podría cambiar si así lo dispone el Gobierno Nacional–, incrementa los aportes que deberán realizar los trabajadores estatales, tanto activos como pasivos, y fija topes a los ingresos máximos.

Este jueves al mediodía, la Cámara de Senadores de Santa Fe dio media sanción al proyecto de reforma jubilatoria para los trabajadores de la administración pública  provincial. La iniciativa impulsada por el gobernador Maximiliano Pullaro  ha depertado un amplio rechazo entre los trabajadores. Entonces, ¿de qué se trata esta reforma y cuáles son los principales puntos en discusión?

La reforma previsional, cuyo proyecto ingresó al Senado la semana pasada, tiene como objetivo reducir el déficit de la Caja de Jubilaciones y Pensiones. A grandes rasgos, mantiene las edades de retiro en 60 años para las mujeres y 65 para los varones –aunque esto podría cambiar si así lo dispone el Gobierno Nacional–, incrementa los aportes que deberán realizar los trabajadores estatales, tanto activos como pasivos, y fija topes a los ingresos máximos.

Emergencia previsional. En primer término, la iniciativa declara la emergencia previsional por dos años, con la posibilidad de extenderlo por dos años más.

Aporte solidario. También se crea un aporte solidario para beneficiarios –actuales o que se incorporen a futuro– de la Caja de Jubilaciones y Pensiones. Quienes cobren más de una prestación, realizarán el aporte sobre la sumatoria de todos sus beneficios. Así quedan las alícuotas:

• Si cobran menos de dos jubilaciones mínimas, no se realizarán descuentos.
• Si cobran entre dos y cinco jubilaciones mínimas, la alícuota será del 2%.
• Si cobran entre cinco y ocho jubilaciones mínimas, la alícuota será del 3%.
• Si cobran entre ocho y once jubilaciones mínimas, la alícuota será del 4%.
• Si cobran entre once y catorce jubilaciones mínimas, la alícuota será del 5%.
• Si cobran más de catorce jubilaciones mínimas, la alícuota será del 6%.

Aporte solidario para el personal en actividad. Esta alícuota sólo impactará en quienes ocupen un cargo de conducción política o de gabinete, o trabajen empresas del estado, el Poder Judicial y otros organismos del sector público. El aporte, que representará un 2,77% del haber, se realizará durante 36 meses o se podrá pagar de una sola vez.

 

Aumentan los porcentajes de aportes. Los aportes jubilatorios irán del 16,5% al 21%. El Estado Provincial, como empleador, contribuirá con el 19% de “todas las remuneraciones del personal en actividad”.

• Quienes perciban un sueldo cuyo importe resulte entre una y hasta dos veces el haber correspondiente al Nivel I de la Administración Pública Provincial sin antigüedad, deberán realizar un aporte del 16,5%.
• Quienes ganen entre dos y tres veces más que el Nivel I, tendrán que aportar un 17%.
• Quienes ganen entre tres y seis veces más que el Nivel I, deberán afrontar un aporte del 18%.
• Quienes ganen entre seis y nueve veces más que el Nivel I, deberán aportar un 19%.
• Quienes ganen de nueve a once veces más que el Nivel I, deberán aportar un 20%.
• Quienes ganen más de nueve veces más que el Nivel I, tendrán una alícuota del 21%.

La jubilación será de veinte veces la mínima. Además, el haber ordinario será equivalente al 70% del salario, pero ese porcentaje se incrementará un 2% por cada año entero de servicios computable, cumplida la edad jubilatoria y las tres décadas de aportes, hasta un máximo de 82%.

Falta de edad. Se pretende eliminar la compensación del exceso de servicios con falta de edad, como así también el beneficio de la utilización de los servicios a los que han accedido por la ley de moratoria. No obstante, se podrá seguir compensando el exceso de edad con falta de servicios con cargos por los aportes personales que correspondan hasta completar la base de 30 años de servicios.

Pensiones por muerte del aportante a la Caja. Se incluye al cónyuge separado, siempre y cuando éste hubiera recibido una prestación alimentaria por parte del difunto. El haber será en proporción a la cuota alimentaria. Si esta persona se vuelve a casar o vuelve a convivir, se suspende la pensión. Si el beneficio se da a edades tempranas, será por tiempo determinado, atado a la duración de la relación. En cambio, será vitalicio si quien lo recibe es mayor de 55 años, aunque para esto se deberá demostrar que no hay otro sustento de vida. En caso de no ser así, la pensión durará el tiempo que se extendió la relación con el fallecido. Para los hijos, la edad límite para recibir la pensión se sube de 21 a 25 años. Además, los hijos incapaces no pierden el beneficio si se casan o conviven.

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Docentes. Hombres y mujeres podrán jubilarse a los 60 años, y quienes cumplan con 30 años de servicio se podrán jubilar a los 57. El haber sería del 76% del sueldo, con incremento de un 2% por cada año que decidan seguir trabajando cumplida esta edad, hasta llegar al tope del 82%.

Policía. Las contribuciones patronales subirán del 21% al 22%, mientras que los aportes quedaron establecidos de la siguiente manera:

• Personal penitenciario aportará un 17%.
• Personal del Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias (Iapip) aportará un 18%.
• Los directores y oficiales penitenciarios aportarán un 20%.

Los uniformados o agentes penitenciarios que cumplan con los 30 años de servicio, independientemente de su edad, podrán acceder a retiros voluntarios. Cobrarán un 80% de su sueldo con un aumento del 1% por cada año que decidan permanecer en la fuerza, hasta llegar al tope del 85%. Los jefes o subjefes de la policía de Santa Fe cobrarán el 100% de su remuneración; mientras que los técnicos, administrativos y otros profesionales del Iapip cobrarán el 82% de su sueldo, y aquí sí deberán cumplir con las edades de 60 y 65 años, dependiendo de si son hombres o mujeres. Los destituidos de la fuerza no cobrarán jubilación, pero su familia sí puede acceder a una pensión si no son autosuficientes.

El proyecto de ley también contempla que si el Estado Nacional aumenta las edades jubilatorias, el Poder Ejecutivo provincial podrá adherir a esta medida.

“Los beneficiarios de la Caja deberán pagar un porcentaje de aportes por el tiempo que dure la emergencia. Esos aportes alcanzan a los que ganen más del valor de dos jubilaciones mínimas, es una escala progresiva que va del 2% al 6%. Después tenemos un aporte para los activos”, dijo el ministro de Gobierno de Santa Fe, Fabián Bastia, en una conferencia de prensa que tuvo lugar durante la mañana de este jueves.

Por su parte, el ministro de Economía, Pablo Olivares, destacó: “Las personas que ya han comenzado su trámite jubilatorio, deben tener en claro que van a poder acceder con los beneficios del régimen actual. Lo que no van a poder hacer es haber iniciado el trámite y dejarlo en suspenso para ejercerlo en unos años”.

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