MARTES, 26 DE NOV

Anulan despido en el Estado y fijan multa a Michetti

La apelación llegó a la Cámara ya que la jueza de primera instancia en lo laboral se declaró incompetente y sostuvo que el reclamo debía ser cursado a través del fuero Contencioso Administrativo Federal.

La Sala III de la Cámara Nacional del Trabajo resolvió un amparo sobre el caso de un despido en el Senado de la Nación, y dejó asentado un precedente que podría tener impacto para el resto de las cesantías implementadas en otras áreas del Estado por el Gobierno de Cambiemos. A través de una medida cautelar, los juecesDiana Cañal y Néstor Rodríguez Brunego dispusieron «hacer lugar a la medida y ordenar la reinstalación de la actora en el plazo de cinco días, y bajo apercibimiento de aplicar» una multa a la titular de la Cámara Alta, Gabriela Michetti de $ 3 mil por cada día que incumpla desde su notificación.

La apelación llegó a la Cámara -máxima instancia del fuero- ya que la jueza de primera instancia en lo laboral se declaró incompetente y sostuvo que el reclamo debía ser cursado a través del fuero Contencioso Administrativo Federal. La empleada había ingresado como contratada en 2012 al Senado, había sido pasada a «planta transitoria» y en 2015 fue incorporada a la «planta permanente», mientras que el 30 de diciembre fue despedida por resolución de las nuevas autoridades.

«En la hipótesis de autos, tenemos una trabajadora que ha perdido su empleo, sorpresivamente, con lo cual dada la protección normativa, convierte en evidente el peligro en la demora, en virtud del carácter alimentario del salario y la pérdida de obra social tanto para ella como para los terceros supuestamente a su cargo, y como lo manifestara verosímil el derecho», afirmaron los camaristas para validar el reclamo de un amparo.

«No se trata de una intromisión en la labor de otros poderes, sino de la labor misma del Poder Judicial», argumentó Cañal sobre la competencia del fuero laboral por sobre el Contencioso. «Se observa que el reclamo de los accionantes tiene raigambre eminentemente laboral, requiriendo la pronta reinstalación en los puestos de trabajo, ya que consideran que los despidos son discriminatorios», señalaron en el voto que compartieron ambos jueces. Allí dejaron sentado que «en la frase ´empleo público´ debe destacarse en primer término, cuál, por imperio de la Constitución Nacional y los tratados internacionales, debe gozar de protección», aseguróCañal, quien citó jurisprudencia internacional en la materia. Así aceptó el criterio de estabilidad de un trabajador del Estado y el cumplimiento de sus funciones.

«Muchas veces, cuando se tacha de ideológico el respeto por el derecho, lo que se oculta es que se pretende vaciarlo desde una interpretación ideología, que desde la cátedra y la doctrina sostiene un discurso contrario con lo mismo que enseña», puntualizó la jueza en un escrito de 18 carillas al que accedió Ámbito Financiero. La decisión tiene una serie de implicancias que pueden influir sobre el escenario de recortes en la administración pública que implementó el Gobierno nacional en variadas áreas del Estado. Por un lado, fija la competencia del fuero laboral para atender reclamos por disposiciones de cesantías resuelto por disposiciones de los órganos de Poder; entiende el empleo público como tutelado por jurisprudencia internacional y sostiene el «carácter alimentario» del salario y de las prestaciones médicas de las que deja de gozar el trabajador por lo resuelto por la nueva administración. También abre la vía cautelar para la reposición en el cargo de quienes fueron despedidos de entes estatales, y le agrega un plus: la multa por incumplimiento a los responsables de las reparticiones que dejaron sin efecto los nombramientos.

 

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