SáBADO, 23 DE NOV

El Concejo dijo sí a reducción de la tasa de espectáculos

Con el objetivo de promover los eventos deportivos y la producción cultural local, el Palacio Vasallo dio luz verde al reajuste del Código Tributario Municipal. Así, llegarán más eventos de importancia a la ciudad

Tal como lo adelantó Conclusión, el Concejo Municipal aprobó ayer la reducción de la tasa de espectáculos con el objetivo de promover las producciones culturales locales y sobre todo beneficiar al deporte de la ciudad. Dicha iniciativa exime de cobrar la totalidad (si son shows reducidos) o una parte (si son grandes eventos) de ese 5,5 por ciento extra que se cobraba por los shows que se realicen en la ciudad. Esto “promoverá la llegada a la ciudad de espectáculos masivos”.

De manera unánime el cuerpo legislativo votó un mensaje remitido por el departamento Ejecutivo, al que se sumaron iniciativas y aportes de Carola Nin, de Compromiso con Rosario; Aldo Pedro Poy, del Partido Demócrata Progresista (PDP) y Caren Tepp, de Ciudad Futura, al igual que propuestas anteriores de la presidenta del Concejo, Daniela León y del ex edil Arturo Gandolla, junto al concejal Osvaldo Miatello, de Compromiso con Rosario, por el que se reduce en algunos casos y elimina en otros el derecho de acceso a diversiones y espectáculos públicos.

De tal manera quedan exentos del pago, entre otros, los espectáculos realizados en lugares donde el factor ocupacional total no supere las 400 personas; los espectáculos teatrales organizados, dirigidos e interpretados por grupos independientes de teatro de Rosario y los de promoción cultural o de interés social organizado por entes oficiales nacionales, provinciales y municipales.

Por su parte, los espectáculos artísticos, recitales, fiestas temáticas y otros similares abonarán 1,50 por ciento y las funciones teatrales 0,75 por ciento.

La modificación del código tributario expresa: “Que la norma premencionada establece las alícuotas que deben abonar los contribuyentes en concepto de Derecho de Acceso a Diversiones y Espectáculos Públicos. Que dichas alícuotas se aplican sobre el importe de la entrada o concepto previo que franquee el acceso integral al espectáculo o evento, fijándose en un cinco por ciento para los espectáculos deportivos profesionales en general, y en un dos punto cinco por ciento para los espectáculos artísticos en general, exposiciones y desfiles promocionales. Que a las mismas debe adicionarse además la aplicación, en uno y otro caso, del aporte del uno por ciento sobre el precio de las entradas, sin impuestos, correspondiente al Fondo de Asistencia Municipal para la Lucha contra la Drogadicción (Ordenanza 4.600 y modificatorias), y del 2% sobre el precio de las entradas sin impuestos, correspondiente al Fondo Municipal para la Protección Integral de las  Personas Discapacitadas (Art. 47 inc. a Ordenanza 7.277)».

Además exime del pago del mismo cuando el espectáculo deportivo en cuestión revista carácter amateur, o se trate de torneos y encuentros de deportes profesionales en donde participen los seleccionados argentinos. «Entendemos que los espectáculos deportivos en general, sin distinción del deporte que se trate, deben ser eximidos del pago del mismo debido a la importancia que reviste la actividad deportiva en el marco de desarrollo de cualquier sociedad, ya que actúa como factor coadyuvante en distintas áreas que desarrolla el Municipio, repercutiendo de manera beneficiosa en el área Salud por promover el ejercicio a través de la emulación de la práctica deportiva, en el área de Transporte, ya que el incentivo a la actividad física genera en el vecino la posibilidad de optar por trasladarse ya sea en bicicletas o caminando, en el área de Educación, ya que fomenta la adopción de valores de liderazgo, compañerismo, sacrificio y responsabilidad, en el área de Convivencia Ciudadana ya que mejora las relaciones entre vecinos, generando una pertenencia a nuestra ciudad al poder acceder a estos espectáculos brindando apoyo a nuestros deportistas; en el área Turismo, atrayendo a vecinos de otras localidades a participar de los espectáculos deportivos propuestos y demás. Que esta tasa repercute de manera directa en el costo de la entrada, debiendo ser abonada por el espectador, y el vecino resultaría beneficiado si no se tomara como hecho imponible los espectáculos deportivos», describieron los autores de la iniciativa.

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