Estela de Carlotto: “El fallo de la Corte abre la puerta de impunidad a los genocidas”
La presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, junto a diferentes organismos de derechos humanos, manifestó su "enérgico repudio" a la decisión de la Corte Suprema de Justicia de otorgar el beneficio del 2x1 a un represor condenado.
- Judiciales
- May 4, 2017
La presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, junto a diferentes organismos de derechos humanos, manifestó en conferencia de prensa su «enérgico repudio» a la decisión de la Corte Suprema de Justicia de otorgar el beneficio del 2×1 a un represor condenado. porque «abre la puerta de la impunidad a los genocidas».
Por otra parte, la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, aseguró que agotarán «todos los instancias internacionales» para revertir el fallo de la Corte Suprema que habilita la aplicación de la pena «dos por uno» en un caso de condena por delitos de lesa humanidad.
En representación de distintas organizaciones de Derechos Humanos, la dirigente adelantó que agotarán «todas las instancias internacionales para lograr que este criterio que garantiza la impunidad sea abandonado».
Y convocó a «todo el pueblo a defender los derechos conquistados» a los que calificó como la «clave para garantizar el nunca más en nuestra sociedad» porque «lo que no se juzga y no se condena se repite», advirtió al encabezar una conferencia de prensa en la sede de Abuelas.
La Corte Suprema aceptó este miércoles la aplicación del cómputo de la pena conocido como «dos por uno» en un caso de condena por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.
El tribunal, por mayoría, aplicó el criterio en un caso en el que fueron condenados represores por la desaparición de trabajadores del Hospital Posadas.
El fallo se insinúa como un potencial recálculo de todas las condenas por delitos de lesa humanidad, que podrían redundar en rebajas de las penas para los condenados.
A favor de la aplicación del «dos por uno» votaron los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, en tanto que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda lo hicieron en disidencia.
El voto mayoritario confluyó en la aplicación del principio de «la ley más benigna», cuando hubiere regido en el «interregno» entre el momento en que se cometió el delito y el del dictado de la sentencia.
En el caso, se determinó la aplicación al caso de Luis Muiña, condenado a 13 años de prisión por ser «coautor del delito de privación ilegal de la libertad cometido por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, agravado por el uso de violencia o amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos en relación con las condiciones de cautiverio impuestas, en concurso real con el delito de imposición de tormentos por un funcionario público al preso que guarde», según consigna el Centro de Información Judicial .
Las víctimas de su accionar, indica la Justicia, fueron Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester, Jorge Mario Roitman, Jacqueline Romano y Marta Elena Graiff.
A Muiña se le aplicará la ley del «dos por uno», pese a que no estaba vigente ni cuando ocurrieron los hechos por los que fue condenado (1976), ni cuando el imputado por ellos fue detenido (2007).
El voto mayoritario recogió el concepto de delito de carácter «permanente» en los comprendidos por la «lesa humanidad», para establecer que la ley del dos por uno estuvo vigente.
«Se decidió que a los efectos de la aplicación de la ley penal más benigna lo que importa es que el delito se hubiera cometido durante su vigencia, siendo irrelevante que el imputado hubiera estado detenido o no durante dicho lapso», sostiene el voto coincidente de Highton y Rosenkrantz, que conformó mayoría junto con Rosatti.
El criterio fijado por la Corte abre las puertas para que todos los acusados por delitos de lesa humanidad invoquen la aplicación de la ley del dos por uno, pues estuvo vigente en un determinado momento y es la «más benigna» para sus casos.
Aún los condenados con sentencia firme podrían intentar la «cosa juzgada írrita» y reclamar la aplicación en sus respectivos expedientes.