La Justicia falló a favor de la Municipalidad en un caso de usurpación de terrenos
Este jueves por la mañana, la jueza de la Cámara de Apelaciones, Carina Lurati, confirmó la resolución dictada en septiembre de 2016 que dispone el desalojo del predio ubicado en Amenábar y Valparaíso.
- Ciudad
- May 4, 2017
La jueza de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la 2da. Circunscripción Carina Lurati resolvió en la mañana de hoy (jueves 4 de mayo) la confirmación de la resolución dictada en septiembre de 2016 por Luis María Caterina, juez de 1era. Instancia del Colegio de Jueces de Rosario, que dispone el desalojo del predio ubicado en Amenábar y Valparaíso.
Los terrenos municipales de Amenábar y Valparaíso fueron usurpados a principios de 2016, razón por la que la Municipalidad de Rosario hizo presentaciones ante la Justicia Penal pidiendo su desalojo. El Estado local presentó pruebas de la clandestinidad de la ocupación llevada a cabo por las personas posteriormente imputadas por el hecho.
La Municipalidad realizó la correspondiente denuncia el día posterior a la usurpación y presentó como pruebas las imágenes tomadas por la Policía de Investigación que involucran a los imputados, quienes, además, reconocen ser los nuevos ocupantes de la tierra. Los mismos habían procedido al loteo del terreno y al levantamiento de construcciones muy precarias.
Los representantes legales del municipio propusieron a estas personas adherirse a los planes de vivienda que tienen Nación, Provincia y Municipalidad pero, ante la negativa constante y después de que fracasaran las diferentes instancias, se decidió continuar por vía judicial.
La jueza Lurati decidió confirmar el desalojo, fijando el plazo del mismo dentro de los 180 días a partir de la notificación del fallo, entendiendo un plazo considerable para permitir atenuar el impacto sobre las familias ocupantes de las tierras.
Una mirada diferente
El fallo del día de hoy pone en la mira la decisión del juez Donnola de no hacer lugar a la denuncia de usurpación establecida en un caso similar registrado este año en Avellaneda 4500. Lo mismo sucedió en segunda instancia con la doctora Bibiana Alonso que consideró de improcedente la apelación de la Fiscalía. En estos momentos, el municipio está tratando de destrabar el fallo de segunda instancia, donde se aportaron pruebas irrefutables acerca del delito denunciado.
Causa sorpresa el criterio utilizado por los magistrados, teniendo en cuenta que poco tienen que ver con lo jurídico, impidiendo el reclamo de quienes son fehacientemente dueños de esas tierras y habilitando una práctica delictiva como es la usurpación de terrenos, ya sean públicos o privados.