Prohíben por ley la comercialización de lámparas halógenas a partir de 2020
La Cámara alta aprobó una propuesta consensuada que promueve el uso eficiente de la energía y un ahorro para los usuarios domiciliarios. Se prohibirá la comercialización e importación de lámparas halógenas.
- Conclusión en Buenos Aires
- Dic 13, 2018
A partir del 31 de diciembre de 2019 quedará prohibida la comercialización e importación de lámparas halógenas, al quedar establecido en ley el proyecto que impulsaba el cambio de tecnología.
El proyecto aprobado busca reemplazar las lámparas halógenas por tecnología LED, en la misma sintonía que la Ley 26.473, que prohibió desde el año 2011 la importación y comercialización de lámparas incandescentes.
La iniciativa pertenece a Juan Carlos “Cali” Villalonga (Pro), ex Greenpeace, y suspende “la importación y comercialización de lámparas halógenas en todos sus tipos y modelos en todo el territorio nacional”.
A comienzos de diciembre, el presidente de la Comisión de Energía y Combustibles, Darío Martínez (Frente para la Victoria-PJ), destacó que la aprobación del proyecto en Diputados “aporta un granito de arena al uso eficiente de la energía y a un medioambiente más cuidado”, destacó.
Martínez explicó que “el 20% del uso de la energía está destinado a la iluminación, y si vamos camino a la utilización de tecnología LED, ahorraremos un 85% de ese 20%”.
En la misma línea, el neuquino destacó que la ley será beneficiosa en el marco de “los tarifazos que está padeciendo el pueblo”, ya que en un hogar donde se utilizan cuatro lámparas se podrán ahorrar “entre 2.200 y 3.800 pesos al año”.
Por su lado el legislador, Juan Carlos “Cali Villalonga”, referente en cuestiones medioambientales, coincidió que los dispositivos LED “duran ocho veces más que las lámparas halógenas con un consumo siete veces menor”.
Asimismo, aclaró que “no tiene impacto industrial, en términos de empleo”, y precisó que según datos oficiales, “un reemplazo masivo” de lámparas halógenas por tecnología LED “significa una reducción del 3% al 6% del consumo energético local”.
El artículo 2 de la norma aprobada, reza que “el Poder Ejecutivo nacional podrá dictar las medidas necesarias para facilitar la importación, insumos, componentes, partes y/o equipamiento necesario para la producción de lámparas de bajo consumo y tecnología LED, reduciendo o liberándolos de gravámenes y tributos de importación a través de las facultades que le fueran conferidas en el Código Aduanero”.
“Dichas medidas podrán favorecer la importación de lámparas de ambas tecnologías cuando la información proveniente de cámaras sectoriales muestre la imposibilidad de producción local”, agrega el artículo.