VIERNES, 29 DE NOV

Los drones y el derecho sobre la imagen personal

La flamante regulación de su uso busca que "el derecho sobre la imagen personal no sea vulnerado”. La nueva norma sobre su uso fue publicada esta semana en el Boletín Oficial.

El director Nacional de Protección de Datos Personales (Dnpdp), Juan Cruz González Allonca, aseguró que la disposición que reglamentó la captura y el tratamiento de datos personales mediante drones «llega para regular sobre este avance tecnológico y recomienda que el derecho sobre la imagen personal no sea vulnerado”.​

El titular del organismo que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos celebró la implementación de la disposición 20/2015, y consideró que a partir de ahora «se debe evitar la recolección de datos sensibles: aquellos que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual”.​

La nueva norma, publicada esta semana en el Boletín Oficial, señala que las fotografías y videos obtenidos con un dron o Vant, como se denomina a los vehículos aéreos no tripulados, pueden implicar un importante riesgo para los derechos de la privacidad, y por lo tanto deben estar sujetos al régimen de la ley de protección de datos personales. ​

De este modo, las imágenes logradas por un dron que incluyan información personal deben contar con el consentimiento de la persona involucrada.​

De ahora en adelante, quienes recolecten datos personales a través de drones deberán inscribir en el Registro Nacional de Bases de Datos de la DNPDP todas las bases de datos en las que se almacenen datos personales capturados por medio del uso de estos vehículos.​

La norma establece que el consentimiento no será necesario cuando los datos sean recolectados de un acto público o un hecho sobre el que pueda presumirse «la existencia de un interés general para su conocimiento y difusión al público». ​

Tampoco será necesario el permiso cuando los videos e imágenes surjan de una fiesta o evento privado en los que el registro de imágenes responda a costumbres establecidas.​

Cuando una persona utilice el dron dentro de una propiedad privada, no necesitará el permiso, siempre y cuando su uso no perjudique a terceros. ​

Además, el Estado nacional no necesitará autorización cuando use drones con motivo de la atención a personas en situaciones de emergencia.

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