Aprueban dictamen en el Senado de la Ley Nacional de Alquileres y un Protocolo Nacional de Actuación
Entre los puntos aprobados, el que indica que los contratos de locación de inmuebles para vivienda establece que “el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual solo pueden realizarse ajustes anuales”.
- Conclusión en Buenos Aires
- Jun 2, 2020
El proyecto de Ley de Alquileres obtuvo dictamen favorable en la Comisión de Legislación General del Senado y se tratará este jueves en el recinto en forma remota, sin embargo los senadores advirtieron que podrían introducirle cambios, en caso que así fuese volvería a la Cámara baja.
El proyecto de Ley de Alquileres fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y reforma el Código Civil y Comercial para extender los contratos de dos a tres años y establecer un nuevo mecanismo de actualización anual (en lugar de semestral), que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario.
Antes de que se debatiera en forma remota los inquilinos sostuvieron en un documento que «durante estos meses de aislamiento social preventivo y obligatorio, quienes alquilamos hemos visto reducidos nuestros ingresos por la imposibilidad de trabajar, nos hemos endeudado y aun cuando el DNU 320/20 congela alquileres al valor de marzo, hemos sido víctimas de presiones a fin de renovar o rescindir los contratos vigentes, poniendo en riesgo la seguridad de un techo para nuestras familias. Por esto, creemos imprescindible la Extensión de la Vigencia del decreto 320/20 y que se establezcan mecanismos fehacientes de control de su cumplimiento».
El Frente Nacional de Inquilinos y Pymes Locatarias pidieron la urgente sanción en el Senado de la Ley Nacional de Alquileres y un Protocolo Nacional de Actuación para el eficaz cumplimiento del Decreto de Necesidad y Urgencia 320/2020.
Los impulsores de la norma expresaron que el proyecto es una construcción colectiva, que se remonta a «más de diez años de lucha de las organizaciones de defensa de una vivienda digna y un alquiler justo» y que la misma » recoge y sintetiza un reclamo, iniciado por muchos y muchas legisladores y legisladoras de distintos bloques y fuerzas políticas, desde la década del noventa, supero el 2001 y tuvo la primera media sanción en el Senado de la Nación en el 2016 , perdió su estado parlamentario, y en síntesis con muchos bloques, tras variar y sinterizar nuevamente su contenido ante su nueva presentación, tuvo otra media en la Cámara Baja y hoy necesita de su sanción definitiva para aliviar la situación de 9 millones de inquilinos de todo el país».
Además, los inquilinos consideraron que fortalecieron y consolidaron «avances sustanciales en los puntos centrales del texto de ley con media sanción»
«La lucha por ampliar la duración de un contrato de alquiler de 2 a 3 años, intentando en tiempos complejos garantizar la estabilidad de la familia inquilina, el abaratamiento de las comisiones inmobiliarias en términos porcentuales y la previsibilidad del hábitat, son avances importantes», son algunos de los logros obtenidos.
En otro orden, sostuvieron que «registrar los contratos de alquiler en Afip y llevar un registro público de los mismos en todas las jurisdicciones del país genera una transparencia importante del negocio inmobiliario» y que «ajustar los contratos de alquiler a un indicador público vinculado al salario y costo de vida, si bien no soluciona todos los problemas de los inquilinos en términos de pérdida de ingresos en relación al alquiler y costo de vida, al regularse en forma anual establece un tope previsible de los aumentos de los alquileres en el mediano y largo plazo».
Otro de los puntos reivindicados es el de la «devolución del depósito en garantía en su valor ajustado al reintegro, y el tope de un mes de alquiler para su valor es un avance sustancial. La disposición taxativa de que cosas paga el inquilino y cuales el locador, como el caso de las expensas discriminadas entre ordinarias y extraordinarias, o los tributos inherentes al propietario, son considerables cambios con respecto a situaciones de inequidad actuales».
«Generar un abanico de posibilidades en cuanto a las formas de garantizar los contratos, se permite la resolución anticipada de los contratos hasta tres meses antes de finalizar el mismo. La comisión de los contratos se regula según las disposiciones de las jurisdicciones provinciales dictadas a tal fin y generando sus topes según el caso», es otro de los objetivos que serán materia de discusión.
El inquilino podrá optar por presentar como garantía un título de propiedad de inmueble, un aval bancario, un seguro de caución, una garantía de fianza o fiador solidario, o una garantía personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.
Si bien el texto dictaminado fue el mismo de la media sanción, hubo planteos por parte de los propios senadores oficialistas, entre ellos el chubutense Mario Pais, que apuntó al artículo 14 del proyecto, el cual establece el mecanismo de actualización de los montos.
Se crea un Programa Nacional de Alquiler Social, para garantizar el acceso a un alquiler digno y justo para todos.
#ConclusiónEnElCongreso ????️????????@nirerold : "El @SenadoArgentina firmó el dictamen de #LeyDeAlquileres y se trata este jueves. La iniciativa, ya tiene media sanción de Diputados" ???? Vía @AldoBattisacco pic.twitter.com/gQfNWtZR3r
— Conclusión (@ConclusionRos) June 2, 2020