MIéRCOLES, 04 DE DIC

La Justicia de Madrid reconoció que trabajadores de Glovo son “asalariados por cuenta ajena”

De este modo, allí ya suman 13 sentencias de un Tribunal Superior en la que se determina la existencia de una relación laboral.

 

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoció este viernes la relación laboral de 69 personas migrantes que la oficina de Inspección local había detectado y que no tenían el pertinente permiso de trabajo, pero si el permiso de residencia.

De este modo, ya suman 13 sentencia de un Tribunal Superior en la que se determina la existencia de una relación laboral.

En un comunicado publicado en la web oficial de la Unión General de Trabajadores, la organización consideró que Glovo “no puede seguir ocultando” el “fraude laboral” al tiempo que acusó a la plataforma de delivery de instar al Gobierno a que “no permita que esta empresa continúe infringiendo la ley e ignore incluso una sentencia del Tribunal Supremo, al respecto.”

Esta resolución judicial es la décima tercera sentencia de un Tribunal Superior en la que se determina la existencia de una relación laboral. La especial relevancia en este caso ess que se trata de la primera de un procedimiento de oficio, derivada de la actuación de la Inspección de Trabajo.

Además, esta sentencia detalla de forma pormenorizada todos los elementos de “dependencia y ajenidad” que ya la Sentencia del Tribunal Supremo del 25 de septiembre había fijado con claridad.

Últimas Noticias