MARTES, 26 DE NOV

Por la bajante, la Justicia decidió la veda total de pesca comercial y deportiva en el río Paraná

Argumentaron que es para cuidar el ecosistema ya que la actividad traería consecuencias negativas que para la fauna ictícola debido a la histórica situación del río Paraná.

 

Un juez Civil y Comercial de Rosario dictó la veda total de pesca deportiva y comercial en el cauce santafesino del río Paraná desde la cero hora de este martes y hasta el 31 de marzo próximo, como consecuencia de la histórica bajante que sufre el curso de agua, según informaron este martes fuentes judiciales.

El juez Civil y Comercial de la 11° nominación de Rosario, Luciano Carbajo, adoptó la medida ante un el planteo de una medida cautelar interpuesto por Jorge Bartoli, referente de dos ONG ambientalistas de Santa Fe, quien la solicitó en base a la disminución de fauna ictícola como consecuencia de la bajante del río Paraná, la más pronunciada en el último medio siglo.

La resolución dictó la “veda total para la pesca tanto deportiva como comercial en aguas del Río Paraná, jurisdicción de la Provincia de Santa Fe, a partir de las cero del 29 de diciembre del año 2020, hasta las 24 del día 31 de marzo de 2021”, señala la medida cautelar.

Sin embargo, exceptuó a “la pesca de subsistencia, que será entendida como la extracción de especies para el consumo propio del pescador y su familia, practicada desde la costa o desde canoas a remo con líneas de mano”.

A la vez, el juez ordenó a la provincia de Santa Fe que “arbitre los medios necesarios para intensificar la fiscalización y control en procura del estricto cumplimiento” de la veda a través de inspecciones “y la atención diaria del 0800 de reclamos y denuncias”.

El integrante de las ONG “El Paraná no se toca” e “Identidad Ambiental” argumentó en la demanda que “las especies de la fauna ictícola en esta bajante, resultan vulnerables en atención al escaso cauce del río principal, dada la imposibilidad de esparcirse y habitar por cursos menores, lo que ha facilitado la pesca indiscriminada, ya que no ha disminuido la tasa de exportación del sábalo”.

El Gobierno de Santa Fe rechazó la medida planteada por las organizaciones ambientalistas al fundamentar que “es genérica e imprecisa” así como “irrazonable, dado que las cuestiones sobre pesca debe observarse desde una perspectiva amplia, en base a diferentes ejes: ecológico, biológico, social, económico, gubernamental”.

En sus considerandos, el juez Carbajo citó un fallo de la Corte Suprema de la Nación que señala:

“El Delta del Paraná es un ecosistema vulnerable que necesita protección. De acuerdo a lo señalado en el «Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná» (PIECAS¬DP), producido por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS) de la Jefatura de Gabinete de Ministros en mayo de 2008, «es un inmenso humedal y como tal, además de albergar una rica diversidad biológica, cumple múltiples y fundamentales funciones como la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, la retención de sedimentos y nutrientes, la estabilización de costas, la protección contra la erosión, la regulación del clima y una extensa lista de bienes y servicios al hombre». Así, el sistema cumple también un rol importante ,como reservorio de biodiversidad, brindando alimento, refugio y sitios de reproducción a numerosas, especies de peces, aves, reptiles y mamíferos”.

De esta manera, el juez sólo resolvió la medida cautelar, sin considerar aún el fondo de la cuestión.

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