MARTES, 26 DE NOV

¿Cómo te tratan cuando vas a un comercio? ¿Qué deben tener en cuenta los consumidores sobre el trato digno?

El trato digno a los consumidores es un derecho establecido en la Constitución Nacional, en el Código Civil y Comercial y en la le de Defensa de los Consumidores. La norma le pone freno al trato indigno y deshonroso al consumidor.

 

Existen conductas habituales que se naturalizan y esto no debe ocurrir. ¿Cómo te tratan cuando ingresás a un comercio? ¿El trato es digno? ¿Te sentiste alguna vez avergonzado, vejado o intimidado? Si es así debes saber que hay derechos que te asisten y podés denunciarlos.

El artículo 42 de la Constitución Nacional establece que su primer párrafo que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.

Al hablar de trato digno la norma se refiere a un aspecto externo social, es decir al honor, respeto o consideración que se debe a la persona. El honor y la dignidad corresponden a toda persona como derechos inalienables, innatos e inseparables, y no se pierden ni por el pecado ni por el delito.

El artículo 8 bis de la ley de Defensa del Consumidor intenta prevenir la violencia o atropello hacia los consumidores y usuarios para que sean tratados por igual, sin discriminación en razón de su color de piel, raza, nacionalidad, religión, género, condición social u otra característica de la persona.

Para consultas o denuncias

Oficina de Asesoría al Consumidor

Corrientes 450 Piso 3

Martes y Jueves 9 a 12

Mail: unionusuariosyconsumidores@gmail.com

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