Un juez liberó a un hombre acusado de abuso sexual porque usó preservativo
Se trata del juez Rodolfo Mingarini, quien dispuso que continúe la acusación sobre el imputado pero aclaró: “No puedo reconstruir cómo hace para colocarse el profiláctico y luego avanzar sobre el cuerpo de la víctima que se negaba”.
- Judiciales
- Jun 3, 2021
El juez penal santafesino Rodolfo Mingarini, envuelto en una polémica por la excarcelación de un albañil acusado de haber violado a una mujer, explicó que adoptó esa decisión porque no está claro cómo ocurrieron los hechos, lo que deberá esclarecerse en un juicio oral.
“No puedo entrar en la lógica de colocarse el profiláctico cuando tiene que estar sometiendo a la víctima”, aseguró como ejemplo el magistrado.
El juez dispuso mantener la acusación por el delito sexual que pesa sobre el albañil y, como medida de seguridad para la presunta víctima, dispuso una orden de alejamiento y prohibición de contacto.
El caso, que tiene amplia repercusión mediática, ocurrió en un barrio de la ciudad de Santa Fe, sin precisiones para preservar la identidad de la mujer que denunció haber sido víctima del ultraje.
El juez puso en duda la violación: “No puedo reconstruir cómo hace para colocarse el profiláctico y luego avanzar sobre el cuerpo de la víctima que se negaba. Ahí me genera la mayor duda”, expresó Mingarini, durante una audiencia en la que se discutía un pedido de excarcelación del presunto agresor.
Además, el acusado declaró que mantenía una relación previa con la denunciante, pero ésta lo negó.
“Pueden haber pasado varias cosas. Que esto se inició como algo consentido o que se inicia desde el principio intentando someter, pero no puedo relacionar y entrar en la lógica de colocarse el profiláctico para mantener esta relación cuando está sometiendo a la víctima”, describió el juez.
Aún si el inicio de la relación es consentida por ambos, pero en un momento determinado una de ellas se niega a continuar y la otra la obliga a seguir adelante, la conducta de quien fuerza la situación es un abuso y, por lo tanto, un delito.
En ese contexto, no descartó la agresión sexual: “Realmente es posible que haya habido esta relación no consentida, es posible, pero no tenemos suficiente evidencia para considerarla probable”.
Los hechos deberán esclarecerse en la etapa de juicio propiamente dicha, para la cual el juez mantuvo la acusación y sólo resolvió sobre las medidas cautelares que pesarán sobre el presunto agresor.
La fiscal Celeste Minitti había pedido que el imputado permaneciera alojado en un establecimiento penal, pero el juez no sólo hizo hincapié en la duda sobre los hechos sino que valoró que no existe peligro de fuga (se presentó voluntariamente cuando supo que había una acusación en su contra) y el riesgo de entorpecimiento en la investigación está neutralizado con las restricciones de acercamiento a la mujer. Además, el magistrado le impuso una caución del orden de los 200 mil pesos.
Desde el plenario de la Cámara de Casación conocido como “Díaz Bessone”, en octubre de 2008, la prisión preventiva es una excepción que sólo procede si el imputado de un delito, cualquiera sea su naturaleza, implica un riesgo de profugarse o de que, estando en libertad, entorpezca la investigación.
El imputado, de 28 años de edad, quedó libre pero con la obligación de cumplir una serie de pautas de conducta que, en caso de desobedecerlas, podrían implicar su regreso a prisión.
La fiscal Minitti lo acusó de haber ingresado a la vivienda de la presunta víctima y haber abusado sexualmente de ella, y basó la imputación en un informe forense sobre lesiones genitales compatibles con una violación.
Pero el juez interpretó que las lesiones no necesariamente podían atribuirse a una relación forzada y evaluó además que el imputado nunca negó haber mantenido el contacto sexual con la denunciante, pero en términos de consentimiento mutuo.