SáBADO, 30 DE NOV

Cumpleaños en Olivos: la causa pasa al juzgado de Sandra Arroyo Salgado

Por una cuestión de “competencia territorial”, el juez Casanello se desentendió del caso, que le llegó para definir el pedido de inconstitucionalidad hecho por Estefanía Domínguez, una de las amigas y visitas al cumpleaños de la primera dama.

 

El juez federal Sebastián Casanello se desprendió este miércoles de la causa por el escándalo del cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yañez, en la Quinta de Olivos el 14 de julio del 2020, en la que se investiga la supuesta violación al decreto que imponía aislamiento por la pandemia del coronavirus.

La causa pasará ahora al juzgado de San Isidro, que tiene competencia sobre Olivos, a cargo de Sandra Arroyo Salgado. Se trata de una cuestión de competencia territorial y ahora se ocupará Arroyo Salgado, quien también tenía otra denuncia paralela.

Si la magistrada no acepta la competencia, será la Cámara Federal porteña la que determine si el caso queda en sus manos o en el juzgado de Capital Federal.

Casanello resolvió cuando le llegó para definir el pedido de inconstitucionalidad hecho por Estefanía Domínguez, una de las amigas y visitas al cumpleaños de la primera dama, sobre el decreto presidencial firmado por Alberto Fernández que prohibía en ese momento ese tipo de encuentros.

En la investigación están imputados el presidente Alberto Fernández y la primera dama, entre otros, por el festejo del cumpleaños de ella en Olivos.

«El denominador común de todos los hechos denunciados es el lugar de comisión: la Quinta Presidencial de Olivos. Sólo varían los actores y las fechas», explicó Casanello.

Además, detalló que los denunciantes apuntan a «la Quinta de Olivos» como el lugar donde tuvieron lugar los distintos encuentros incluidos el del 14 de julio del 2020.

«En igual sentido, los dictámenes y la actividad probatoria llevada a cabo por la Fiscalía dan cuenta de que los hechos que son objeto de investigación tuvieron lugar en esa Residencia Presidencial, sita en la localidad de Olivos, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires. En consonancia, los escritos presentados por las defensas también ubican las conductas en ese lugar», agregó.

Más aún, descartó de plano que los hechos hayan ocurrido en la Capital Federal, donde hasta hoy estuvo la causa.

«No estamos frente a delitos continuados o permanentes que hayan involucrado distintas jurisdicciones, ni delitos cometidos a distancia. Aquí, según los recortes hechos en las denuncias – recogidos por la Fiscalía-, el lugar de la acción y del resultado es el mismo y no involucran a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», dijo.

De ser Arroyo Salgado quien quede con la causa u otro magistrado, tiene para resolver dos planteos: uno el de inconstitucionalidad de la norma hecho por Domínguez, y el otro el del presidente de la Nación, imputado en el caso.

El Presidente pidió su sobreseimiento por considerar que no hubo delito ya que el encuentro no generó contagios a propios ni terceros, y además propuso una reparación económica consistente en donar por cuatro meses la mitad de su salario al Hospital Malbrán.

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