Procesaron al ex titular de la Side Hugo Anzorreguy por sobresueldos
El juez federal Sebastián Ramos sostuvo que durante los mandatos de Carlos Saúl Menem se destinó dinero público para el pago de sumas a varios de los funcionarios de manera discrecional.
- Judiciales
- Ene 20, 2016
El juez federal Sebastián Ramos procesó al ex titular de la ex Secretaría de Inteligencia (Side) Hugo Anzorreguy por el pago de sobresueldos durante el menemismo y sobreseyó al ex ministro del Interior Gustavo Beliz.
Fuentes judiciales informaron a la agencia Noticias Argentinas que el juez procesó a Anzorreguy quien fuera titular de la Side entre 1990 y 1999 puesto que los fondos reservados que recibía el organismo eran distribuidos en concepto de sobresueldos a distintos funcionarios en paralelo al salario mensual que recibían.
El 1º de diciembre pasado, el Tribunal Oral Federal 4 condenó en la misma causa al ex presidente Carlos Menem a cuatro años y medio de prisión; al ex ministro de Economía Domingo Cavallo a tres años y seis meses y al ex ministro de Justicia Raúl Granillo Ocampo a tres años y tres meses.
Ahora, Ramos procesó por peculado al ex titular de la Side, al ex ministro de Cultura y Educación y ex Jefe de Gabinete durante el menemismo Jorge Rodríguez; y a los ex funcionarios de la secretaría de inteligencia Ricardo Abdón Díaz Luján, entonces subsecretario del organismo y a José Luis Losada López, ex director de Finanzas.
La causa se inició en 2004 tras una denuncia del abogado Ricardo Monner Sans luego de la confesión de la ex funcionaria María Julia Alsogaray, quien en esta causa fue sobreseída.
Alsogaray al intentar justificar su patrimonio en la causa por enriquecimiento ilícito en su contra, dijo que ella al igual que otros entonces funcionarios percibía sobresueldos.
Según la investigación, a la par que año a año se incrementaba los fondos para gastos reservados para la Side, se instrumentó un sistema por el cual los funcionarios recibían sobresueldos junto con su salario real mensual.
El juez Ramos sostuvo que «durante los dos mandatos presidenciales de Menem se ideó, ejecutó y desarrolló, por parte de los funcionarios de más alta jerarquía del Poder Ejecutivo Nacional, un sistema por el cual se destinó dinero público (asignado originalmente por Ley de Presupuesto a gastos de inteligencia y seguridad del Estado) para el pago de sumas a varios de los funcionarios que se desempeñaron en esa órbita administrativa, las cuales eran repartidas de manera discrecional e informal entre ellos».
Tal cual consta en la causa, se destinaron unos 466 millones de pesos al pago de sobresueldos durante el menemismo.
Respecto a Anzorreguy y los otros dos ex funcionarios del organismo recalcó el juez que todos «participaron, en su calidad de miembros de la Secretaría de Inteligencia del Estado, en la distribución de esos fondos, cuyo carácter público no se encuentra en discusión, y constituye el objeto material del tipo penal analizado».
En ese sentido, expuso el magistrado, en el fallo al que accedió NA, que los fondos utilizados para el pago de sobresueldos «se encontraban bajo su administración y custodia, por lo cual, resulta difícil pensar, por su carácter de titular de esa Secretaría, que permaneció ajeno al funcionamiento del circuito descripto, y que todo ello aconteció sin su conocimiento».
Junto con el procesamiento por peculado el juez le trabó un embargo a Anzorreguy de 10 millones de pesos.
A Jorge Rodríguez lo procesó por el cobro de sobresueldos durante todo 1993 a mayo de 1994 cuando fue titular de la cartera de Cultura y Educación.
«A ello se suma que los montos dinerarios que Rodríguez consignó como percibidos en concepto de gastos de representación eran sumamente superiores a sus sueldos reales», según el juez.
En concepto de gastos de representación, tal cual se camuflaban las partidas de los fondos reservadas, era de 6 mil pesos mientras que su salario real en ese período fue de 1.840 pesos.
En la misma resolución, el juez sobreseyó al ex ministro del Interior Gustavo Beliz ante la falta de pruebas, pues a diferencia de otros casos, él «no consignó en su declaración jurada patrimonial ingresos en concepto de «fondos ley 18.302″, frase que fue utilizada por varios imputados de la causa, quienes reconocieron haber percibido fondos reservados y aclararon que lo identificaban de ese modo en sus declaraciones juramentadas, porque así les había sido indicado».
«Sumado a ello, en los recibos de sueldo de Beliz no figuraba la percepción de ingresos en concepto de gastos de protocolo o representación, circunstancia que sí se registró en el caso de otros consortes de causa», agregó el juez.