Condenaron a 15 años prisión al acusado de asesinar a una pareja y su beba
Villazón fue condenado por el triple crimen perpetrado en la tarde noche del 16 de febrero de 2020 en la zona de Génova y Cabal. En ese hecho falleció una pareja de 23 y 21 años junto a su hija de 11 meses.
- Judiciales
- Sep 8, 2022
Condenaron a 15 años de prisión al acusado de asesinar a una pareja y su hija de 1 años y 11 meses. El hecho ocurrió el 16 de febrero del 2020 en la zona de Génova y Cabal. Cristian Carlos Villazón fue condenado por los delitos de “Homicidio Agravado por el uso de arma de fuego y portación ilegítima”.
En la audiencia realizada este miércoles 7 de septiembre, los Jueces de Primera Instancia Dres. Becerra, Núñez Cartelle y Marcogliese resolvieron homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía representado por la Fiscal Dra. Marisol Fabbro, en el cual se condena Cristian Carlos Villazón de 25 años a la pena de 15 años de prisión efectiva por los delitos de Homicidio Agravado por el uso de arma de fuego (3 hechos en concurso real), Portación ilegítima de arma de fuego de Guerra en concurso real y en calidad de co-Autor. La acusación fue aceptada por el defensa condenado.
Villazón fue condenado por el triple crimen perpetrado en la tarde noche del 16 de febrero de 2020 en la zona de Génova y Cabal. En ese hecho falleció una pareja de 23 y 21 años junto a su hija de 11 meses.
Según detallaron desde fiscalía, al momento del homicidio, el condenado perseguía a bordo de un auto junto a otros tres hombres, a las víctimas que se desplazaban en una moto por calle Génova en dirección a Cabal.
Al llegar al lugar, Villazón, que portaba un arma de fuego tipo ametralladora calibre 9mm comenzó a efectuar disparos desde atrás hacia la pareja y la menor. Las balas alcanzaron a los tres.
Las víctimas fueron Christopher Nahuel Albornoz de 23 años, Florencia Naomi Corvalán de 21 años, y su hija Adelai Albornoz de un 1 año y 11 meses, que fallecieron unas horas después del ingreso a los nosocomios.
Asimismo, se le atribuye haber portado conjuntamente, tanto en los momentos previos como posteriores a la comisión de los hechos descriptos, el arma de fuego calibre 9mm sin contar con la debida autorización legal para ello.