Exigirán estudios médicos a participantes de maratones de más de 21km
El Concejo Municipal aprobó a través de una ordenanza que se deberá presentar un certificado de salud y un examen médico de aptitud física para la realización de este tipo de pruebas deportivas.
- Deportes
- Sep 13, 2018
El Concejo aprobó una ordenanza mediante la cual se exigirá la presentación de una copia de certificado de salud y Examen Médico de Aptitud Física, correspondiente al año del evento, a todos los que deseen competir en maratones y medias maratones de más de 21 kilómetros en Rosario.
Dicha solicitud estará a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Subsecretaría de Recreación y Deportes y serán los organizadores del evento los responsables de solicitar la copia de ambos documentos al momento de la entrega de kits para la competencia, mientras que la Asociación Rosarina de Atletismo oentidad que por reglamentación se designe fiscalizará la entrega de los certificados.
El proyecto fue presentado por la concejala María Eugenia Schmuck, quien expuso la nesecidad de este requerimiento en vista de que “es preciso promover la realización de deportes de manera responsable y la salud deportiva” y que “de acuerdo a diversas investigaciones médicas entre la población que realiza deportes existe un riesgo de fallecimiento por muerte súbita, vinculado a afecciones cardiológícas”, citando un informe de una revista española de cardiología que indicó que de 100.000 atletas que fallecen, el 1,6% sería por muerte súbita, mientras el porcentaje se reduce al 0,7% entre quienes no practican deporte.
Así también, se recordaron casos como el fallecimiento de Ricardo Subiela (junio de 2014) durante la Maratón Internacional de Rosario o el de Exequiel Ponce (abril de 2014) en un evento deportivo equivalente corrido en la Ciudad de Córdoba.
El Examen Médico de Aptitud Física solicitado deberá cumplir los siguientes requisitos:
– Cuestionario: Éste deberá incluir el estado de vacunación (especialmente contra el tétanos); los antecedentes de pérdida o ganancia excesiva de peso corporal; asma; historia familiar de muertes súbita antes de los 50 años o de enfermedades graves (diabetes, hipertensión arterial); episodios de convulsiones, desmayos o dolor en el pecho durante la actividad; uso de lentes de contacto o prótesis dentales; fracturas; alergias; uso de alcohol, suplementos vitamínicos y otras drogas, entre otros aspectos.
– Examen físico: El foco del examen físico deberá ponerse en el peso y altura; presión arterial; visión; función cardio-pulmonar; abdomen y genitales; postura; rangos de movilidad articular y fuerza muscular, entre otros. Estudios Complementarios: La solicitud de exámenes complementarios, como el electrocardiograma, la ergometría, el eco-cardiograma, las pruebas de laboratorio (sangre y orina) variará de acuerdo a la edad del deportista y quedan a criterio del médico. Ser otorgado por un médico deportólogo particular u oficial o en su defecto por los profesionales autorizados por el Colegio Médico. Tendrá validez por un año.
Durante los primeros 12 meses después de aprobada la presente norma, la autoridad de aplicación procederá a generar campañas de difusión sobre el contenido de la misma, con el objetivo de ponerla en conocimiento de la ciudadanía en general.