DOMINGO, 17 DE NOV

La Justicia suspendió los artículos del DNU que habilitaban la privatización de clubes

El mega decreto del Ejecutivo sigue sumando rechazos en la Justicia. En este caso, se dio lugar a una cautelar que frena los artículos que autorizaban la conformación de sociedades anónimas en las entidades deportivas.

 

El DNU 70/2023 continua sumando rechazos a través de presentaciones de medidas cautelares en la Justicia. En este caso, contra los artículos del mega decreto que habilitaban la conformación de Sociedades Snónimas Deportivas (SAD) en los clubes del fútbol argentino.

A partir de este punto, la Liga de Fútbol de Salto, afiliada a la Asociación del Fútbol Argentino, presentó una medida cautelar en la justicia. De esta forma, el Juzgado Federal de Mercedes dio lugar a la cautelar, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia.

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El artículo 335 ordenaba incorporar en la Ley de Sociedades Anónimas que “no podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias”.

En tanto, el artículo 345 manifestaba que “las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas dispondrán de un año, contado a partir de la reglamentación del presente, para modificar sus estatutos a efectos de adecuarse a los términos previstos por aquel, lo que deberá ser aplicado sin perjuicio del cumplimiento de los mandatos preexistentes”.

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El DNU de Javier Milei sigue sumando rechazos en la Justicia. Anteriormente, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del capítulo laboral contenido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 del presidente Javier Milei. El amparo había sido presentado por la Confederación General del Trabajo y días atrás había sido apelado por el Gobierno Nacional.

 

 

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