El Descanso Dominical ya es una realidad en V. G. Gálvez
Rige, a partir de hoy, en la vecina ciudad, la ley aprobada a fines de 2014 por la legislatura provincial. Se prevén duras multas y sanciones para los comercios que tengan que cerrar y no lo hagan.
- Gremiales
- Sep 6, 2015
A partir de las cero horas de hoy entró en vigencia en Villa Gobernador Gálvez la ordenanza municipal de adhesión a la ley 13.441 de Descanso Dominical.
Así, el paisaje dominguero de esta ciudad que limita al sur con Rosario, se vio hoy completamente transformado, más acorde, quizas, con aquellas postales imaginadas por Alfredo Palacios a principios de siglo, cuando impulsó la ley 4.661 en la que se dictaminaba el feriado dominical.
Los principales supermercados y grandes comercios, bajaron sus persianas y lucieron en sus puertas y vidrieras, a tono con el espléndido sol primaveral que invita a disfrutar de los parques y plazas en familia, carteles y avisos de todo tipo, advirtiendo que, «desde el domingo 06/09, todos los domingos» permanecerán cerrados, atendiendo a la ley provincial y la ordenanza municipal que así lo dispusieron.
Cabe recordar que el concejo de Villa Gobernador Gálvez sancionó además un proyecto del concejal Roberto Leiva para que se apliquen multas a los comercios que violen la ordenanza de adhesión a la ley 13.441.
En los considerandos del proyecto, establecieron que “las multas y/o penalidades deben ser ejemplificadoras, de manera que el sujeto comprendido no tenga como opción incumplir la ordenanza y pagar con una sanción de carácter económico que por su volumen de facturación no tenga relevancia”.
El creador de la iniciativa, Leiva, explicó que el Descanso Dominical beneficia a los pequeños comercios del barrio: almacenes, despensas, kioscos, verdulerías, carnicerías, emprendimientos familiares no alcanzados por la normativa, “que verían reflejado un mayor movimiento y facturación los días domingos”.
El concejal aclaró también que los comercios alcanzados por la referida disposición que permanezcan abiertos al público los días domingo, serán pasibles de las siguientes sanciones, a criterio del juez: multa de 15 mil pesos a $ 75.000; clausura de 1 a 5 días e inhabilitación para casos de reincidencias.
NOTAS RELACIONADAS