JUEVES, 21 DE NOV

Fallo judicial obliga a administradores a pagar aportes sociales a porteros de edificios

Desde el Sindicato de Encargados de Edificio de Rosario (SUTERyH), han informado resoluciones favorables de la justicia en favor de derechos laborales. Preferentemente sobre aportes sociales que deben afrontar los administradores.

 

La justicia laboral falló contra los consorcios de copropietarios de edificios ubicados en bulevar Oroño al 500, también al 600 y en calle Laprida al 800, que obligar a pagarles los aportes sociales a los encargados de Propiedades Horizontes que prestan sus tareas en estos inmuebles sin precisar los domicilios. En ese marco, Humberto García, secretario general del Suteryh Rosario explicó, que tiene que ver con “fallos a favor en casos contra consorcios de copropietarios de edificios donde se reconocen los derechos laborales y saca a luz aquello que desde nuestro gremio venimos acentuando sobre la  problemática del sector incluyendo el no pago de aportes sociales de los administradores, que así, perjudican a los consorcios y los trabajadores”.

Además, el gremio señaló que “los juzgados laborales federales y provinciales de Santa Fe han dado sentencia firme intimando en ocasiones a los consorcios a actualizar y pagar deudas compuestas por falta de pago de algunos ítems entre los cuales se ha reclamado por caja protección y familia”.

También, se destaca que en algún caso “se ha firmado el posible embargo de bienes del consorcio, dado la falta de respuesta del mismo a través de la imagen del administrador”, agregaron desde el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal.

Asimismo, el gremio local nuevamente denunció que, “hace algún tiempo muchos administradores han optado por emplear a empresas de limpieza en lugar de trabajadores en relación de dependencia para, así, no solo evadir responsabilidades, sino que también emplear a empresas que están vinculadas a su entorno”.

“Afortunadamente la justicia entendió que no solo es una cuestión de empatía hacia el trabajador y su familia, sino que también encuadra un marco legal en lo laboral y a veces en lo penal”, indicó García.

En tanto valoró el accionar gremial: “Estos casos visibilizan lo importante del accionar de los sectores sindicalizados, que garantizan, custodian y protegen los derechos obreros”, apuntó.

“Estos fallos también reafirman la importancia del estatuto 12.981 y el CCT 589/10 que regula la actividad sometida al régimen de la propiedad horizontal”, sostuvo el gremio.

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