La Justicia falló a favor de Dante Camaño por las elecciones del gremio gastronómico hotelero
La Junta Electoral Central no sólo había desconocido las elecciones de diciembre, sino que había efectuado una convocatoria para nuevos comicios para marzo próximo. La Cámara dispuso "revocar el fallo apelado y ordenar la tramitación de la acción". El expediente deberá volver a Primera Instancia, pero con un nuevo juez.
- Gremiales
- Feb 25, 2022
La Cámara Laboral falló a favor de un planteo del sindicalista de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) Dante Camaño, y ordenó tramitar un reclamo contra la suspensión de las elecciones del 2 de diciembre pasado.
La Lista Gris, que lidera Camaño, ganó las elecciones de la filial porteña de la UTHGRA por amplísimo margen (casi el 90 por ciento de los votos) sobre la Lista Azul, cuyo principal referente es el sindicalista Luis Barrionuevo.
Pero la Lista Azul impugnó los comicios por supuestas irregularidades en el traslado de urnas y los controles de los fiscales, y la Junta Electoral Central del gremio le dio la razón.
«La presentación de la Lista Azul fue una cosa escandalosa porque (Humberto) Ballhorst, que había sido separado de la conducción, había presentado unos avales que eran totalmente apócrifos. Fue un triunfo contundente de Camaño porque los trabajadores lo conocen a Dante. Dante Camaño es sinónimo de servicio», dijo Juan Castro, el secretario administrativo de la UTHGRA, a la radio La 990.
Camaño presentó una acción de amparo con pedido de medida cautelar contra esa decisión de la Junta Electoral, pero en primera instancia fue rechazada sin mayor tratamiento con el argumento de que no se había agotado la vía administrativa para el reclamo.
La Lista Gris apeló ante la Cámara y ahora, la Sala I, con las firmas de los jueces Enrique Catani y María Cecilia Hockl, siguiendo un dictamen del fiscal Juan Manuel Domínguez, ordenó tramitar el reclamo.
La decisión implica que el expediente deberá volver a primera instancia pero con un nuevo juez, ya que el que intervino previamente fue apartado porque «ya se habría emitido un juicio relevante acerca de la conceptualización de la acción, sus alcances e, inclusive, en derredor de cuestiones de fondo vinculadas a la juridicidad del proceder de la demandada».
La Junta Electoral Central no sólo había desconocido las elecciones de diciembre, sino que había efectuado una convocatoria para nuevos comicios para marzo próximo. La Cámara dispuso «revocar el fallo apelado y ordenar la tramitación de la acción».
«Barrionuevo pretendía hacer la elección el 15 de marzo, que es el día de su cumpleaños», añadió Castro.
La Cámara refutó: «El no agotamiento de las vías administrativas y la eventual existencia de vías recursivas no son obstáculos a la procedencia formal de una acción de amparo cuando se ha alegado que la contienda implica una obstaculización al ejercicio regular de los derechos emergentes de la libertad sindical».
«Nosotros vamos a seguir hasta que la Justicia determine si nosotros fuimos verdaderamente los vencedores», concluyó Castro.