JUEVES, 21 DE NOV

Rappi: un precedente judicial expone la precarización laboral de sus trabajadores

En noviembre, un grupo de repartidores hizo una protesta frente a una sede de la App para reclamar el reconocimiento de su relación laboral. Mientras la misma se realizaba, un grupo fue recibido por gerentes de la empresa y más tarde fueron bloqueados para tomar pedidos.

Una resolución judicial podría sentar un precedente para Rappi y otras aplicaciones similares como PedidosYa, Glovo y Uber, que encabezan las relaciones laborales en el marco de las «economías de plataformas».

La Justicia laboral ordenó a la plataforma de delivery Rappi que reincorpore a un grupo de repartidores que habían sido “bloqueados” por la empresa, impidiéndoles así acceder a la aplicación para tomar y entregar pedidos.

De esta manera, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 37 falló a favor de trabajadores que habían denunciado a la compañía por persecución sindical exigiendo su reincorporación al sistema de repartos.

Según la jueza Stella Maris Vulcano, a cargo del juzgado, «la conducta de RAPPI S.A.S. es antisindical» y por lo tanto debe proceder a reincorporarlos inmediatamente y desbloquear el acceso a su aplicación informática y móvil («Soy Rappi»). «Cada día de demora será penado con una multa de $3.000, conforme al artículo 666 bis del Código Civil», dice el escrito de notificación elaborado por la magistrada.

La sentencia reconoce que el bloqueo e imposibilidad de seguir trabajando de los miembros de la comisión directiva de APP implica una franca transgresión a la garantía de libertad sindical”, indicaron desde la Asociación de Personal de Plataformas a través de un comunicado.

El abogado de APP, Juan Manuel Ottaviano, opinó sobre la denuncia contra Rappi y le dijo a Página/12 que «este es el primer caso en la región en el que un fallo judicial reconoce que los trabajadores de las plataformas trabajan a pedido de las aplicaciones y les prestan servicio.

«La ley laboral dice que, cuando una persona presta servicios a una empresa, se presume que hay un contrato de trabajo. En este caso, el fallo va más allá y reconoce el derecho de los trabajadores de las aplicaciones a organizarse gremialmente y, por lo tanto, a no ser despedidos por su actividad sindical», apuntó el abogado.

En noviembre, los repartidores hicieron una protesta frente a la sede de Rappi para reclamarle el reconocimiento de su relación laboral. Dos meses antes habían constituido su asociación gremial. Mientras se realizaba la manifestación, un grupo de trabajadores fue recibido por gerentes de la empresa. En esa audiencia reclamaron que la empresa pagara a los repartidores un ingreso fijo y la cobertura de riesgos de trabajo por accidentes y robos.

Luego de esa entrevista, tres de los sus participantes fueron bloqueados por Rappi, por lo que no pudieron tomar nuevos pedidos. Los tres eran integrantes de la comisión directiva de la APP.

La jueza Vulcano concluyó su resolución, tras citar una larga lista de derechos, exigiendo que la situación de los trabajadores «merece ser reparada en forma inmediata».

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