JUEVES, 21 DE NOV

Comienza a regir la nueva normativa para el sector Juegos de azar

De acuerdo con las evaluaciones nacionales de riesgos, quienes participen de juegos de azar deben entender los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, y evaluar el impacto que puedan tener en cada una de las personas y entidades del sector y, potencialmente, en la economía nacional a gran escala, en caso de materializarse.

El viernes 1º de diciembre entró en vigencia la Resolución UIF 194/2023 que adecúa las obligaciones que deben cumplir las personas humanas, nacionales o extranjeras, que, de manera ocasional o habitual, participen de juegos de azar, ya sea de forma presencial o en línea, para prevenir, detectar y reportar hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT).

La norma, que reemplaza a la Resolución UIF 199/2011, incluye lineamientos regulatorios en concordancia con los estándares internacionales, guías y pautas del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) e incorpora ajustes para mitigar los riesgos de LA/FT, en base a la operatividad del sector, el avance tecnológico y las nuevas prácticas desarrolladas en los últimos años.

Además, en base a conceptos propios del Enfoque Basado en Riesgo (EBR), los sujetos obligados del sector deberán presentar el Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos, la declaración de tolerancia al Riesgo y la incorporación de la Revisión Externa Independiente de sus sistemas preventivos.

También se añade el deber de controlar en forma permanente el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), la realización de una debida diligencia continuada de los clientes y la obligación de ejecutar una política de conocimiento de los directores, gerentes, empleados y colaboradores propios y tercerizados a fin de verificar su idoneidad e integridad.

Por otro lado, la nueva Resolución prevé la obligación de efectuar Reportes Sistemáticos Anuales, además de los Reportes Sistemáticos Mensuales, e indica supuestos considerados de riesgo alto y señales de alertas orientativas que permiten a los sujetos obligados determinar cuándo corresponde efectuar un Reporte de Operación Sospechosa.

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