Prohíben el uso de las aeronaves públicas en actividades privadas

El decreto del Gobierno indica que no podrán ser utilizadas en cualquier actividad aérea que, por su condición, pueda ser considerada propia de una aeronave privada.

 

El Gobierno de la Nación dispuso este viernes a través del decreto 712/2024, firmada por el presidente Javier Milei, que las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas en ninguna actividad privada, y quedarán afectadas únicamente a las tareas que hacen a su condición jurídica esencial al servicio del poder público. El incumplimiento de la norma puede acarrear sanciones administrativas, económicas y penales. La ANAC será la encargada de hacer cumplir la medida y de aplicar las sanciones correspondientes.

La norma define que “las aeronaves privadas de titularidad del Estado Nacional, de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, de los Municipios y de entes descentralizados, desconcentrados o de empresas estatales, podrán realizar actividades aerocomerciales de transporte aéreo y trabajo aéreo en cuanto cuenten con las autorizaciones correspondientes otorgadas por la autoridad aeronáutica”.

Además, se dispuso que “los servicios de navegación aérea deberán otorgar prioridad de operación a las aeronaves públicas”, las cuales “podrán ser objeto de todo tipo de contratos interjurisdiccionales de utilización, siempre que todas las partes involucradas pertenezcan al Sector Público”.

En ese marco, se instruyó a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) que, al cabo de 120 días de publicado el decreto, dicte una normativa específica relativa al uso de aeronaves públicas o privadas de propiedad estatal.

La medida ha generado reacciones encontradas. Algunos expertos sostienen que es necesaria para garantizar el uso eficiente de los recursos públicos. Otros, sin embargo, critican la medida, argumentando que limitará el acceso a las aeronaves públicas y dificultará el desarrollo de la industria aeronáutica en el país.

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