VIERNES, 22 DE NOV

Qatar, uno de los países que penaliza y persigue a las diversidades sexuales

Con leyes que criminalizan la actividad sexual entre personas del mismo sexo, detenciones arbitrarias y sin normativas que amparen a esta población, el país es hostil a la comunidad LGBT+.

 

La actual sede del mundial de futbol, Qatar había prometido brindar un ambiente seguro para el colectivo LGBT+, pero aún no se concretaron los avances esperados. “Todo el mundo será bienvenido a Qatar en 2022, independientemente de su raza, origen, religión, género, orientación o nacionalidad”, declaró Fatma Ali Al Nuaimi, directora ejecutiva de Comunicación del Mundial de Fútbol 2022.

Tras conversaciones con la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA) y organizaciones, el Comité Supremo de Qatar se comprometió a realizar acciones en favor de garantizar los derechos del colectivo LGBTQ. Entre ellas, un protocolo y directrices sobre cómo las fuerzas de seguridad van a tratar las cuestiones LGBTQ durante el mundial. También, la formación de estas fuerzas con el fin de garantizar la sensibilidad hacia la comunidad. Sin embargo, el protocolo no fue presentado y tampoco se brindó información acerca de cómo fue la formación.

Según un informe de la Agencia Presentes, especializada en dar cobertura en estos temas, la actividad sexual entre personas LGBT+ está prohibida en distintos artículos del Código Penal. En este sentido, el N° 285 penaliza los actos “sodomía” y “relaciones sexuales” entre personas del mismo sexo con hasta 7 años de prisión. Además, el artículo 298 considera delito la “sodomía como profesión o para ganarse la vida”. Se pueden recibir penas de prisión de hasta diez años por esta acción.

En tanto, en la ley Sharia -ley islámica-, “es posible técnicamente que los hombres musulmanes se enfrenten a la pena de muerte por la actividad sexual entre personas del mismo sexo”, sostuvo ILGA World. Sin embargo, hasta el momento la organización no tuvo constancia de que se haya ejecutado a alguna persona por razón de su género u orientación sexual en las últimas décadas.

Nulo amparo

Las personas LGBT+ no están amparadas en la normativa qatarí. Si bien pueden cambiar su nombre en los documentos oficiales, no pueden cambiar su género. Además, en base a la ley, el gobierno puede impedir que personas de este colectivo ingresen al país e incluso pueden deportarlas.

Mientras, los delitos de odio y de discriminación laboral en lo referido al género o la orientación sexual no tienen lugar en la normativa del país.

Persecución

La organización Human Rights Watch (HRW) registró distintos arrestos arbitrarios a personas LGBT+ en razón de su expresión de género por parte de las fuerzas del Departamento de Seguridad Preventiva de Qatar.

Durante estos episodios, que se documentaron entre 2019 y hasta noviembre de 2022, los detenidos expresaron que sufrieron abusos. En este sentido, HRW registró seis casos de palizas graves y repetidas y cinco de acoso sexual bajo custodia policial. Además, las fuerzas de seguridad ordenaron a mujeres trans a que asistan a “terapias de conversión” como requisito para su liberación.

De las personas con las que HRW pudo tener contacto, ninguna tenía cargos, no tuvieron acceso a asesoramiento jurídico y no había registros de sus detenciones.

Libertad de expresión

Qatar cuenta con la Ley de Protección al Consumidor (2008), la cual establece que los consumidores tienen derecho a que se respeten sus “valores religiosos, costumbres y tradiciones”. Bajo esta normativa se confiscaron en 2021 juguetes infantiles con los colores del arcoíris. Desde el Ministerio del Interior informaron que durante el mundial se retirará cualquier exhibición de bandera LGBT+.

A su vez, el país incurrió en censuras a contenidos LGBT+. Como ejemplo, se prohibieron las películas Doctor Strange de Disney o West Side Story, además de artículos del New York Times referidos a derechos del colectivo.

El artículo 296 del Código Penal castiga con tres años de prisión a los actos de “inducir, instigar o seducir a un varón de cualquier manera para la sodomía o la inmoralidad”. Misma pena pueden recibir aquellas personas que induzcan o seduzcan a “a un varón o a una mujer de cualquier manera para cometer acciones ilegales o inmorales”.

“Mucho podríamos decir sobre cómo la legislación de los países no debería estar por arriba de los derechos humanos universales. Y cómo ningún uso ni costumbre debería de atentar contra la dignidad humana. Todavía estamos en un mundo en donde hay países en los que esto no es así. Las poblaciones LGBTI seguimos luchando por un mundo en donde contemos con los mismos derechos y podamos vivir en un ambiente seguro, sin discriminación, sin violencia”, concluyó Aranda.

 

 

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