SáBADO, 23 DE NOV

Deben indemnizar a un hombre por confundirlo con terrorista

Aerolíneas Argentinas deberá pagar 16 mil pesos más intereses de 12 años por el "daño moral" que sufrió José Alí Mustafá, un ciudadano argentino con igual apellido que un sospechoso de terrorismo.

La Cámara Civil y Comercial Federal condenó a la empresa Aerolíneas Argentinas a indemnizar a un pasajero, homónimo de un supuesto terrorista islámico, por haberlo demorado en media docena de vuelos entre 2003 y 2005.

La demanda a la que hizo lugar la Justicia es por 16 mil pesos más intereses de 12 años por el «daño moral» que sufrió José Alí Mustafá, un ciudadano argentino con igual apellido que un sospechoso de terrorismo.

El presunto terrorista figuraba en una «no fly list», esto es lista de prohibición de volar.

Los jueces de la Sala II de la Cámara, Alfredo Gusman y Graciela Medina, aseguraron que «existió un obrar negligente en las facultades conferidas a la aerolínea», al haber hecho sufrir a Alí Mustafá «situaciones engorrosas y desgastantes que, sin mayor esfuerzo, bien podrían haberse evitado».

«Se sometió al actor en siete oportunidades distintas a demoras reiteradas al momento del ‘check in’», sostuvieron los jueces en su fallo.

Para el Tribunal se trató de «un escarnio para el usuario que nada tiene que ver con el sujeto terrorista sindicado en una lista de criminales», sino que «constituyó un exceso en la normal tolerancia que puede exigírsele» al pasajero.

Alí Mustafá «no fue tratado con la dignidad que merece», según la Cámara. «Una cosa es extremar los recaudos de seguridad y otra bien distinta es pretender impunidad ante daños innecesariamente causados por la compañía aérea por actuar sin el debido prurito», agregaron.

En distintos vuelos que realizó entre el 22 de noviembre de 2003 y el 19 de mayo de 2005, Alí Mustafá «debió soportar estoicamente en alrededor media docena de oportunidades que se lo confunda con un terrorista del Islam».

«Las demoras obedecieron no sólo a cuestiones técnicas sino a cierta desidia en la atención dispensada al usuario», concluyó la Cámara al resolver la indemnización.

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