MARTES, 26 DE NOV

Se suspenden las clases presenciales y los bares deberán cerrar a las 19 en Rosario

La medida también regirá para el departamento San Lorenzo, que junto a Rosario, se encuentran en "alarma epidemiológica", según la categorización del Gobierno nacional. También se adelanta la restricción a la circulación vehicular, que será entre las 20 y las 6.

 

Las clases presenciales quedan suspendidas durante esta semana en los departamentos Rosario y San Lorenzo, zonas categorizadas por el Gobierno nacional como en «alarma epidemiológica». Por eso, Fernández días atrás anunció la suspensión de las clases presenciales hasta el 21 de mayo, a lo que adhirió Perotti, pero tan solo por 7 días.

Ante la posibilidad de este anuncio, familiares de alumnos realizaron una protesta en la puerta de la sede de Gobierno para pedir la continuidad de las clases presenciales.

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Además, se adelantó una hora la restricción a la circulación vehicular, que será entre las 20 y las 6 del día siguiente.

Por otra parte, los locales gastronómicos deberán cerrar a las 19, luego podrán funcionar con modalidad entrega a domicilio o retiro por el local.

A su vez, se suspenden todas la reuniones sociales en domicilios, y los encuentros al aire libre podrán ser hasta diez personas.

También deberán cerrar cines, teatros, shoppings, casinos, bingos, salones de fiestas y discotecas.

En relación a la actividad deportiva, se prohíbe la competencia en lugares cerrados. En ámbitos abiertos no se podrá superar las diez personas, con la salvedad de que no se podrán realizar deportes de contacto. No queda alcanzada la modalidad entrenamiento, que podrá hacerse en lugares cerrados mediante protocolos.

Queda suspendida, además, la actividad artística en lugares abiertos.

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Perotti marcó que, durante la primera ola un máximo de tres mil contagiados diarios llevó al sistema sanitaria a mantener un 95% de camas ocupadas, la misma cantidad que ahora con cerca de 2 mil casos por día.

El gobernador destacó que a partir de las restricciones adoptadas diez días atrás “se consiguió mermar esa suba, pero estamos alto, y ahora hay que bajarlo”. “Por eso ahora vamos a una segunda etapa de restricciones”, continuó.

Actualmente Santa Fe cuenta con dos departamentos en «alto riesgo epidemiológico» y dos están en «alarma epidemiológica». Pero el Gobierno de Santa Fe envió una carta al jefe de Gabinete Omar Perotti, al considerar que esos criterios deben ser «reanalizados» en función de las particularidades de cada distrito y de nuestro sistema sanitario.

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Perotti se encargó de dejar en claro su intención de dictar clases presenciales: “Santa Fe se preparó para que los chicos vuelvan a la escuela. Más de 500 mil chicos quedaron desvinculados en la primera ola. Preparamos los establecimientos educativos y los protocolos. Además de vacunar al 98% de los docentes de todos los niveles, tanto del sector público como del privado. Eso marca nuestra intención de tener clases”.

“Es por eso que vamos a suspender las clases solamente por siete días. En el resto de los departamentos vamos a tener clases normalmente”, detalló Perotti.

El gobernador hizo alusión al plan de incorporación de camas en el sector público y privado, y reclamó la llegada de respiradores comprometidos por el Gobierno nacional.

Este lunes habrá una reunión entre el gobernador y los intendentes para evaluar la situación epidemiológica.

Las nuevas restricciones

Clases 

– Las clases presenciales se suspenden por siete días en los departamentos Rosario y San Lorenzo. El resto de la provincia continuará como hasta ahora, de manera bimodal.

Gastronomía (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías)

– En los Departamentos Rosario y San Lorenzo, hasta el 7 de mayo de 2021 inclusive las actividades no podrán extenderse más allá de las 19 horas. Luego de este horario podrán funcionar en las modalidades de reparto a y de retiro por el comercio. -En el resto de la provincia podrán funcionar hasta las 23, pero la entrada estará permitida hasta las 22.

– En toda la provincia deberán funcionar con un 30% de la ocupación del lugar. Y la concurrencia simultánea de público asistente en los locales de los salones de eventos autorizados a funcionar como bares y restaurantes no podrá exceder en ningún caso de cien personas.

Locales comerciales

– La actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las 19; y hasta las 20 los que comercialicen productos alimenticios. El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del 30%.

Reuniones sociales

– Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de diez personas.

Salones de fiestas, shoppings, casinos

– Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares.

– Actividades de salas de juego en casinos y bingos.

– Funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, salvo para los bares, restaurantes y demás locales gastronómicos que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, con un 30% de ocupación de las superficies cerradas.

Cultura

– Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.

–  Actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes durante el horario autorizado para su funcionamiento.

– Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos; no queda alcanzada la actividad de las ferias de comercialización de productos alimenticios.

Práctica deportiva

– La práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados. Las actividades físicas en espacios públicos al aire libre podrán desarrollarse en tanto involucren hasta diez personas. No se podrán realizar deportes de contacto, sin importar la cantidad de participantes.

– Las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.

– Actividad hípica en hipódromos.

No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad deportiva en modalidad entrenamiento, que realicen entre sí los deportistas de una entidad en sus instalaciones y sin interactuar con los de otras instituciones; sin habilitación de vestuarios e instalaciones anexas, y sin excederse del treinta por ciento de ocupación de las superficies cerradas.

Asambleas y elecciones

– Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota.

*Continúa en vigencia la restricción de circulación vehicular, que se adelanta una hora, por lo tanto será entre las 20 y las 6.

*En todo el territorio provincial, las actividades habilitadas en lugares cerrados no podrán superar la capacidad del 30%.

Nuevas restricciones en Santa Fe by Guido Brunet on Scribd

 

 

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