Madura el fallo de la Corte en el megajuicio Santa Fe contra Nación
La deuda es por fondos coparticipables que Nación detrajo ilegalmente a Santa Fe entre 2006 y 2015 para financiar la Anses y Afip.
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- Por David Narciso
- Mar 29, 2019
Por David Narciso
El pleito entre Santa Fe y el Estado nacional por la deuda de coparticipación tiene una fecha clave: el 11 de abril. Ese día vence el plazo legal para que el gobierno nacional conteste sobre la liquidación de deuda que exigió la provincia.
A partir de ese día, cuando tenga la contestación de Nación en su poder, la Corte estará en condiciones de resolver. Como el caso es idéntico al de San Luis, el sentido de la resolución es bastante previsible.
Cabe recordar que el 19 de febrero pasado el alto tribunal fijó que para liquidar la deuda con San Luis se calculase con la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina. Laudó así entre el pedido original de San Luis, que buscaba que se le reconociera la deuda histórica actualizada con la tasa activa del BCRA, y la pretensión del gobierno nacional de una tasa del 6% con el argumento de que es la que se utilizó con las provincias para determinar el monto y la forma de pago del bono establecido en el consenso fiscal firmado el 16 de noviembre de 2017.
Si bien no aceptó todo lo planteado por San Luis, el gobierno de Rodríguez Saá vivió como un triunfo el fallo. Significan a hoy unos 15 mil millones de pesos, contra los 7.200 millones que quería pagarle Nación.
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El pleito con Santa Fe transitó idénticos carriles. El acuerdo entre partes para establecer monto y forma de pago que mandaba el fallo original (noviembre de 2015) nunca se alcanzó por las sucesivas promesas incumplidas y postergadas de Nación. Cansadas de las vueltas, ambas provincias volvieron a la Corte para que ejecutara la deuda.
Al igual que San Luis, Santa Fe presentó una planilla con la liquidación actualizada en base a la tasa activa del BCRA. La secretaría de la Corte le concedió 30 días hábiles a Nación para contestar. Esa fecha vence el 11 de abril.
Puede ocurrir que Nación intente estirar plazos con impugnaciones o presentaciones que requieran correr traslado y así tener que esperar nuevas contestaciones. Sin embargo al resolver el caso San Luis no muchas puertas abiertas, con lo cual se descuenta que usará el mismo criterio: el monto final será el capital más los intereses calculados con la tasa pasiva promedio del BCRA. En total, entre 45 mil y 50 mil millones de pesos.
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La Corte a diferencia de tribunales inferiores no tiene plazo para fallar, pero se entiende que cuando decidió abocarse al caso San Luis no era sólo San Luis, ya que el de Santa Fe es gemelo, y que la resolución de un caso definía el camino con respecto al segundo.
Por otro lado, el pésimo momento que atraviesa la relación de la mayoría de la Corte con el gobierno reduce la permeabilidad del tribunal a requerimientos que son propios en ese nivel, para pedir más tiempo o que le duerman el expediente hasta tanto mejoren las finanzas del Estado nacional.
La deuda es por fondos coparticipables que Nación detrajo ilegalmente a Santa Fe entre 2006 y 2015 para financiar la Anses y Afip. En noviembre de 2015 la Corte le dio la razón a Santa Fe,
San Luis y Córdoba, ordenó cesar los descuentos del 15% de la coparticipación y devolver los fondos detraídos en ese período a las dos primeras.