MARTES, 26 DE NOV

Condenaron a tres años de prisión a directivo de Cofyrco por lavado de dinero

La pena impuesta a Fernando Vercesi, por medio de un juicio abreviado, es de ejecución condicional. Además, deberá pagar una multa de 325 dólares. En tanto, a su socio, Guido Garay le impusieron una multa por el mismo monto, 400 horas de trabajo comunitario y reglas de conducta.

La investigación del violento crimen de Marcelo «Coto» Medrano, un barra brava con ínfulas de narco, cocido a balazos en septiembre de 2020 en una estación de servicio de Granadero Baigorria condujo a una financiera ubicada en pleno centro de la ciudad, donde la víctima solía comprar dólares para lavar el dinero ilícito generado por la venta de estupefacientes. Se trata de la financiera Cofyrco, que operaba en un edificio sita en Corrientes entre Córdoba y Rioja en la cual, el mismo día de su asesinato, Medrano había cambiado 17.600 dólares.

Este jueves, el director ejecutivo de Cofyrco fue condenado, mediante un juicio abreviado, a tres años de prisión por el delito de lavado de activos y tenencia ilegal de documentos ajenos. El juez Nicolás Vico Gimena homologó el procedimiento y sentenció a Fernando Verseci a tres años de prisión, de cumplimiento condicional, 400 horas de trabajo comunitario y reglas de conducta. Además, deberá pagar una multa de 35.552 dólares.

En la misma audiencia, también se concretó la suspensión del juicio a prueba (probation) para Guido Garay, también directivo de la misma financiera, quien estaba acusado de los mismos delitos que su socio. A Garay se le impusieron 400 horas de trabajo comunitario, reglas de conducta por el plazo de 3 años y una multa de igual monto.

El fiscal de la Unidad de Delitos Económicos y Complejos, Sebastián Narvaja les atribuyó una operación de lavado de activos de origen ilícito consistente en haber recibido por parte de Marcelo Medrano dinero en efectivo en moneda argentina, obtenido a partir del desarrollo de actividades criminales, para luego aplicarlo a operaciones de intercambio financiero, bajo la apariencia de tener un origen lícito.

Así, en fecha 10 de septiembre de 2020, en las oficinas de Cofyrco S.A., Verseci y Garay, en el marco de una operación de cambio ilegal de moneda extranjera, S. Z., intermediario de Medrano, entregó la suma aproximada de $2.350.000 y recibió, a cambio U$S 17.776 dólares. Esta maniobra de compraventa de divisas fue ejecutada por fuera de los canales regulados por el Banco Central de la Nación Argentina para el desarrollo de dichas operaciones.

Esa operación fue llevada a cabo con conocimiento del perfil público de Marcelo Medrano, asociado a la actividad criminal en la ciudad de Rosario. Por otra parte, fue realizada sin requerirle ningún tipo de elemento de acreditación del origen lícito de los fondos en pesos referidos, recibiéndose fondos de dinero en pesos, para ser utilizados en operaciones de compra de moneda extranjera dentro del mercado legal de cambios, en operaciones de préstamos de dinero (mutuos) a terceros, de cambio de cheques y de adelantos de sumas en efectivo, con la consecuencia que dicho dinero circulara en el mercado, con la posibilidad que adquiriese la apariencia de un origen lícito.

Los fondos en pesos que Marcelo Medrano cambió en las oficinas de Cofyrco. eran el fruto de las actividades criminales en las que el mismo se encontraba involucrado, como única actividad económica desarrollada por el mismo, susceptible de explicar la magnitud del flujo de fondos que aplicaba a las referidas maniobras de compra ilegal de divisas.

Además, al mes de septiembre de 2020, dicha firma no contaba con autorizaciones del BCRA para operar en la compraventa de divisas, ni para tomar ahorro público o hacer intermediación financiera. Tampoco contaba con habilitación de la CNV para operar bajo ninguno de los regímenes previstos por la Ley 26.831. Durante los meses de agosto y septiembre de 2020, esta firma contaba, al menos, con un local de acceso público, localizado en zona de calle Corrientes al 800 de Rosario, siendo Verseci, Garay, P.C.y T.F. dueños y administradores de la empresa y responsables ilimitadamente solidarios de la actividad de la misma, en la medida que se afirma que se encontraba desarrollando, bajo el control de los mismos, la actividad ilícita.

También se les atribuyó el hecho de fecha 17 de septiembre de 2020, en el momento que se allanaron esa oficinas, teneren su poder 174 documentos nacionales de identidad, en formato tarjeta, originales, de propiedad de personas físicas residentes en el país, extraviados, hurtados, o sustraídos ilegítimamente a sus propietarios/as.

Reglas de conducta

Las reglas de conducta impuestas a Verseci por el plazo de 2 años son: a) Someterse al control del Patronato de Liberados ; b) Fijar residencia; c) Abstenerse de llevar adelante consumo problemático de droga y/o sustancias y/o alcohol; d) Realizar un total de 400 (cuatrocientas) horas de servicio comunitario bajo la modalidad que determine el Patronato de Liberados.

Las reglas de conducta impuestas a Garay por el plazo de 3 años: a) Someterse al control del Patronato de Liberados; b) Realizar 400 (cuatrocientas) horas de trabajo comunitario, el que deberá desarrollarse efectivamente en lugar que será designado por la autoridad de contralor de cumplimiento de las presentes reglas, c) Fijar residencia; d) Abstenerse de llevar adelante consumo problemático de drogas y/o sustancias y/o alcohol.

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