Confirmaron la condena a «Guille» Cantero por las amenazas al juez Ferttita
En el mes de julio, un Tribunal de Primera Instancia lo sentenció a 6 años y 8 meses de prisión por dos llamadas realizadas desde el penal de Rawson en las que amenazaba de muerte al magistrado por haberle denegado un traslado. Ahora, un tribunal de alzada confirmó esa sentencia sumando una más a las muchas condenas acumuladas.
- Judiciales
- Nov 25, 2020
Una de las tantas condenas que viene acumulando Ariel Máximo Cantero (algunas en la Justicia Provincial y otras en la Federal) fue confirmada por la Cámara Penal y es a 6 años y 8 meses de prisión por dos amenazas contra el juez Edgardo Fertita, hecho por el cual fue sentenciado el pasado 8 de julio.
El 19 de agosto de 2016, al mediodía, el «Guille» efectuó dos llamados telefónicos desde el penal de Rawson -donde se encontraba detenido en ese momento por orden de la Justicia Federal- al juzgado de sentencia 3 a cargo del magistrado amenazado, quien le había denegado un pedido de traslado a un penal en la provincia de Santa Fe. Cantero realizó dos llamados, a las 12.28 y a las 12.40. En la primera de las comunicaciones se identificó con su nombre y pidió hablar con el juez Fertita, pero quien atendió dijo que no se encontraba disponible. En el segundo llamado volvió a pedir por él y cuando le dieron la misma respuesta le dijo a quien tomó la llamada: «Te dejo este mensaje: decile que se meta el traslado ya sabe donde y que lo voy a matar».
El juez Fertita realizó la correspondiente denuncia ante el Ministerio Público de la Acusación y en el mes de julio, el tribunal presidido por el juez Pablo Pinto lo condenó a 6 años y o meses de prisión. Dicha sentencia fue apelada pero el tirbunal de la Cámara Penal, conformado por los jueces Javier Beltramone, Alfredo Ivaldi Artacho y Bibiana Alonso confirmaron lo decidido en primera instancia.
Según consta en los argumentos: «Se ha probado más allá de toda duda razonable que Ariel Máximo Cantero, teniendo su defensa activa y presente en cada instante e instancia buscó el camino del ilícito para desarrollar la acción reprochada.Buscó el propósito de obligar al Magistrado a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad -previsto en la figura del artículo 149 ter segundo párrafo a)- y ello constituye el elemento subjetivo específico del tipo, distinto del dolo, cuyo análisis se advierte dentro del tipo subjetivo. Así aparece concluyente dentro de la tipicidad objetiva, la determinación del contenido específico de la conducta típica de amenazar, quedando probado que las amenazas, han sido típicamente relevantes y, por ende, poseen -dado todo lo justipreciado y en orden al portador de las amenazas- la entidad suficiente para lesionar el bien jurídico ya delimitado, y sin duda alguna han sido graves, serias y posibles (amenazar con la muerte del Magistrado por parte de quien, amén de la multiplicidad de causas en trámite, tal lo reseñara su defensor desde la Cárcel se encuentra confeso de haber dirigido una privación de libertad habiendo apelado la extorsión)».
«Se ha probado además que han tenido la idoneidad suficiente para provocar en el sujeto pasivo la evidente sensación de que su libertad de determinación de su propia voluntad se encontraba constreñida en razón del contenido de las manifestaciones proferidas por el Cantero; prueba de ello es la denuncia inmediata, el temor infundido al Magistrado al punto tal de haber aceptado custodia durante años, hasta que las nuevas autoridades políticas decidieran discontinuarlas. Y sabido es que, muy por el contrario de lo que el imaginario popular cree, pocas cosas son tan invasivas, tan fatigosamente tolerables, para protector y protegido, que convivir -dentro del seno familiar- con extraños durante años, ante el temor cierto y claro de que la vida de uno o un ser cercano o del propio custodio pueda sufrir un daño irreparable».
Sobre Ariel Máximo Cantero pesan varias condenas además de la recientemente confirmada. En 2014 fue sentenciado a dos años de prisión por la tenencia de un arma de guerra encontrada en un allanamiento que se encontró en un allanamiento en el marco de la investigación del crimen Walter Cáceres. En 2018, sumó otra condena, esta vez a 22 años de prisión como jefe de una asociación ilícita, cohecho agravadao y el homicidio de Dieto Demarre. También en 2018, la Justicia Federal lo sentenció a 15 años, en el marco de la causa Los Patrones, como organizador de la banda. En el año 2019, en el mismo fuero, también fue sentenciado a 10 años de prisión por un secuestro extorsivo que organizó desde la cárcel. Además, en diciembre recibió otra sentencia, a 8 años de prisión como organizador de otra banda que traficaba cogollos de marihuana desde Misiones a Rosario, causa conocida como Operativo Gringo.