MARTES, 26 DE NOV

Fiscales que investigan a Saín y exfuncionarios deberán permitir a los acusados el acceso total a la causa

La resolución fue dictada por el juez de la Cámara de Apelaciones de Santa Fe, Sebastián Creus, que ordenó a los fiscales Ezequiel Hernández y Mariela Jiménez, digitalizar todas las pruebas del caso y ponerlas a disposición de los abogados defensores.

 

El Juez de la Cámara de Apelación Penal de Santa Fe, Sebastián Creus, ordenó que el MPA permita el acceso total a la información contenida en el legajo de investigación penal que tiene como imputados a exfuncionarios de la provincia de Santa Fe, junto al exministro de seguridad y exdirector del Organismo de Investigación, Marcelo Saín. Asimismo, hizo lugar al pedido de la fiscalía para imprimir al proceso judicial en marcha la duplicidad de plazos procesales.

Mediante el fallo, el camarista resolvió levantar la reserva en la investigación que encabezan los fiscales Ezequiel Hernández y Mariela Jiménez del área de Delitos Complejos, a los cuales ordenó digitalizar todas las pruebas recolectadas en el caso y ponerlas a disposición de los abogados defensores Juan Lewis, Hernán Martínez y Nicolás Mosconi.

La resolución rechazó el pedido para que el acceso a la totalidad de la causa continúe reservada, tal como lo pidieron en su momento los fiscales Hernández y Jiménez, solicitada en varias oportunidades, amparándose en que la causa es «compleja» por la supuesta multiplicidad de personas y firmas que habrían sido víctimas como también por la cantidad de posibles imputados.

La investigación involucra a diez personas acusadas de integrar una «asociación ilícita» que supuestamente con Sain a la cabeza infringió la ley nacional de inteligencia (N° 25.520) mediante la recopilación de información para efectuar espionaje ilegal sobre personas físicas o jurídicas.

En ese sentido, Creus sostuvo que por lo menos hasta el momento la Fiscalía no expuso elementos que «permitan siquiera afirmar con algo de suficiencia la tipicidad de estas conductas en los términos de la ley de inteligencia nacional».

En otro tramo del fallo, el juez de alzada consideró que el conocimiento de las evidencias reunidas durante la investigación por parte de la defensa tiene una razón más que evidente. «Si no sabe o no conoce cuales son las futuras o actuales pruebas de cargo, no puede defenderse y, con ello, se imposibilita la garantía constitucional de defensa en juicio», destacó Creus.

«El Ministerio Público Fiscal no tiene la facultad legal de limitar, por sí mismo, las evidencias que mostrará», destacó el juez en su resolución que posibilitará a los defensores tener acceso a la causa pese a que durante los primeros días de marzo la Fiscalía puso a disposición parte de las evidencias recolectadas.

 

Juez Creus. Duplicidad de Plazos y Acceso Total Legajo by Conclusión Diario Digital on Scribd

 

 

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