JUEVES, 31 DE OCT

Confirmaron que Sabag Montiel y Uliarte convivían antes del atentado a Cristina

El Tribunal Oral Federal 5  de San Martín fundamentó la condena a un año de prisión impuesta a Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte por portar un DNI ajeno, y aseguró que se “echa por tierra la ausencia de peligrosidad concreta alegada por la defensa”.

 

Un Tribunal de San Martín consideró probado que Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, los detenidos por el atentado a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, convivían antes de perpetuar este ataque. Además, constataron que el hallazgo en su casa de un DNI ajeno, hecho por el que ya fueron condenados, fue parte de un mismo “contexto criminal”.

Así se dio por acreditado en los fundamentos de la pena a un año de prisión en suspenso impuesta a ambos por tenencia ilegal de ese documento de identidad ajeno en su domicilio, dados a conocer este lunes por el Tribunal Oral Federal 5 de ese partido bonaerense. Además, el juez Héctor Sagretti enmarcó todo lo ocurrido en el mismo “contexto criminal” previo al atentado del 1 de septiembre pasado.

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Sabag Montiel y Uliarte están detenidos con prisión preventiva a la espera de ser juzgados por el intento de homicidio de la vicepresidenta por un Tribunal de la ciudad de Buenos Aires.

Sin embargo, el 15 de junio pasado se encontraron por primera vez en otro juicio, en San Martín, acusados por la tenencia ilegítima del documento de identidad de un ciudadano que declaró haberlo perdido años atrás.

El juez que los condenó por este delito sostuvo que Sabag Montiel mantuvo el DNI en su domicilio mientras era detenido por el intento de homicidio contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, hecho por el que también se lo imputó por portación ilegal de arma de guerra y acopio de municiones sin la debida autorización legal, en el mismo domicilio en el que se incautó el documento nacional de identidad.

“Todo lo cual denota el contexto criminal en el que tal detentación tuvo lugar y echa por tierra la ausencia de peligrosidad concreta alegada por la defensa”, concluyó el magistrado, quien estuvo al frente de ese primer juicio seguido a ambos detenidos y ahora dio a conocer los fundamentos de su veredicto condenatorio.

“Esa convivencia era coetánea con la detención de ambos en relación a los hechos”, sostuvo el juez.

Sagretti analizó que “resulta cuanto menos de precaria verosimilitud que Sabag Montiel hallase un documento nacional de identidad tirado en la vía pública (según él en la avenida de los Constituyentes y General Paz) cuatro años después de que su titular lo extraviara”.

En cuanto a la relación entre Sabag Montiel y Uliarte, el magistrado descartó dichos de esta última en relación a que no convivía con el autor material del disparo a la vicepresidenta.

“No puede soslayarse que, entre los elementos incautados en la vivienda allanada, se hallaban, además de vestimenta, documentos personales de Uliarte, tales como su curriculum vitae y estudios médicos propios”, consignó. Estos elementos evidencian “que su estadía en el lugar no era transitoria y esporádica sino permanente y extendida en el tiempo”.

“Resulta inverosímil que la imputada desconociera la presencia del documento nacional de identidad, hallado por los preventores a simple vista, dentro del diminuto monoambiente (15 metros cuadrados) que compartía con Sabag Montiel. Y más inverosímil resulta, cuando vemos que esa convivencia era coetánea con la detención de ambos en relación a los hechos concomitantes por los que fueran procesados”, apuntó el juez.

“No puedo evitar decir que la tenencia ilegítima de municiones se encuentra estrechamente vinculada con el intento de homicidio calificado en perjuicio de la vicepresidenta de la Nación”, advirtió también.

“Entiendo que la versión exculpatoria brindada por Uliarte, no resulta más que un mero intento, infructuoso por su propia inconsistencia, por mejorar su situación procesal”, concluyó.

Durante el juicio, Uliarte sostuvo que su convivencia con Sabag Montiel era “transitoria y esporádica” pero el TOF5 calificó a esta afirmación como “insostenible”.

El allanamiento durante el cual se encontró el DNI de un tercero se hizo el 7 de septiembre de 2022 al monoambiente que alquilaba Sabag Montiel, y fue ordenado en la causa por el atentado.

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