VIERNES, 22 DE NOV

Ordenan al gobierno de Santa Fe pagarle a un afectado por inundaciones de 2003

Es el primer fallo de este tipo en una de las causas abiertas en la justicia civil a partir de los daños provocados por las inundaciones trágicas de aquel año, en este caso de la vivienda de Rdolfo Langhi, situada en la calle San Juan 1624 de la capital santafesina.

La justicia civil de Santa Fe ordenó al Estado provincial indemnizar a un damnificado por la crecida del río Salado de 2003, por los daños sufridos en su vivienda, en el primer fallo de este tipo vinculado a esa inundación, que tuvo consecuencias trágicas.

Voceros judiciales precisaron este lunes que el fallo de primera instancia, fechado el 30 de abril, fue dictado por el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual número 4 de la provincia, y beneficia a Rodolfo Oscar Langhi por la suma de 50.258 pesos.

Se trata de una de las causas ventiladas en la justicia civil a partir de los daños provocados por las inundaciones, en este caso de la vivienda de Langhi, situada en la calle San Juan 1624 de la capital santafesina.

Los jueces María Georgina Rodríguez, Nora Vello y Gabriel Scaglia responsabilizaron de este modo al Estado provincial por «daños y perjuicios» y en el fallo, de 40 páginas, mencionan «mala praxis política y administrativa» de parte de la administración del distrito, entonces gobernado por Carlos Reutemann.

Una de las claves del fallo radica en que el tribunal entendió que, más allá de la crecida fuera de lo común del río, no existió «un cierre integral de la región oeste-norte» del anillo de defensa de la ciudad contra el río Salado «a una cota tal que brindara un nivel de protección homogénea a todos los sectores de la ciudad».

Añade además como argumentos «la errónea concepción del proyecto de terminación del tramo II (del anillo defensivo), la previsión de una medida de cierre de emergencia de difícil ejecución una vez configurada esta última, la existencia del terraplén de la autopista Santa Fe-Rosario con una luz libre insuficiente en situaciones de crecidas, la falta de un plan de contingencia que hubiera asignado roles en los planes de evacuación y asistencia a la gente».

El fallo menciona como una de sus bases una pericia hidráulica que indica que el Estado provincial fue alertado siete años antes de las inundaciones por un ingeniero sobre la conveniencia de finalizar la obra de defensa oeste para evitar el ingreso de agua del Salado en caso de una crecida.

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