Quedaron detenidos seis sospechosos de vender cocaína adulterada en Buenos Aires
Se trata de seis personas de entre 18 y 47 años que fueron detenidas el pasado miércoles en Puerta 8. El juez del caso se mostró en desacuerdo con que se los acuse de homicidio simple, y sugirió que el agravante sea por uso de veneno, un delito que implica la pena máxima.
- Judiciales
- Feb 7, 2022
El juez de la causa por las muertes con cocaína adulterada en los partidos bonaerenses de Tres de Febrero, San Martín y Hurlingham dejó formalmente detenidos a los seis aprehendidos en el búnker del asentamiento Puerta 8 donde presuntamente se vendió la droga que causó 24 muertes y más de 80 intoxicados, y le sugirió a la fiscalía que agrave la imputación a homicidio calificado “por el uso de veneno como método insidioso”, que se castiga con prisión perpetua, según informaron fuentes judiciales.
Los seis imputados que ahora están formalmente detenidos por las muertes son Nicolás Matías Campos (18), Luis Alberto Rodríguez (26), Iván Daniel Ávalos (21), Mauricio Adrián Balcarce (29), Gabriel Héctor Faudez (47) y Priscila Micaela Faundez (19), según la resolución del juez de Garantías 3 de San Martín, Mariano Grammatico Mazzari.
Tras ser indagados el viernes pasado, los fiscales de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 16 de San Martín le habían pedido al magistrado la conversión de las aprehensiones en formal detención, lo que este lunes fue convalidado.
En su requerimiento, los fiscales acusaron a los imputados por “tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia ilegal con fines de comercialización agravada por la pluralidad de intervinientes en forma organizada, en concurso real con homicidio simple reiterado en al menos seis oportunidades y tentativa de homicidio simple reiterado en al menos 10 oportunidades”.
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Sin embargo, el juez no estuvo de acuerdo con esta calificación y opinó: “Por mi parte debo decir que más allá de verme impedido de modificar el encuadre legal porque la plataforma fáctica no me lo permite, debo adelantar que no comparto la calificación de homicidio simple escogida por el distinguido Sr. Agente Fiscal, Dr. Diego Marcelo Guida”.
“La figura más benigna de homicidio simple, sería desplazada por el inciso 2 del artículo 80 del Código Penal en cuanto establece expresamente como circunstancia de agravación del homicidio el uso de veneno como método insidioso”, continuó el juez.
Grammatico Mazzari afirmó en su resolución que “cabe aclarar el concepto de veneno según la RAE es la ‘sustancia que, introducida en un ser vivo, es capaz de producir graves alteraciones funcionales e incluso la muerte’”.
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“Insidioso por su parte, es el mero ocultamiento de la sustancia mortífera. Así dejo a salvo mi opinión en cuanto a que desde mi punto de vista, prima facie debería aplicarse la figura penada con prisión perpetua del art. 80 inc. segundo del CP”, sostuvo.
Estos seis imputados son los primeros detenidos que hubo en el allanamiento en el búnker del asentamiento de Puerta 8 de la localidad bonaerense de Loma Hermosa, en el partido de Tres de febrero, donde los investigadores llegaron a partir de los dichos de los sobrevivientes que señalaron ese sitio como el lugar donde la noche del martes compraron las dosis de medio gramo de cocaína en sobres de nailon transparente rosado, que causaron las intoxicaciones.