Boudou volvió a quedar detenido en Ezeiza
El ex vicepresidente enfrenta una condena de más de casi seis años de prisión por irregularidades en la compra de Ciccone Calcográfca.
- Judiciales
- Feb 18, 2019
El ex vicepresidente Amado Boudou se entregó este lunes en los tribunales federales de Comodoro Py y luego fue trasladado al penal de Ezeiza donde volvió a quedar detenido para cumplir la condena de más de cinco años que pesa en su contra en el marco de la compra-venta de la ex Ciccone Calcográfica, luego de que así lo determinara la Cámara de Casación.
El tribunal revocó la excarcelación de Boudou tras los pedidos que hicieron en ese sentido la Unidad de Información Financiera (UIF) y de la Oficina Anticorrupción (OA).
Luego de que el fallo se conociera en horas del mediodía, el también ex ministro de Economía se presentó en los tribunales de Retiro y allí quedó detenido, y por las noche fue trasladado al penal de Ezeiza, adonde arribó pasadas las 21.
Boudou está condenado a 5 años y 10 meses de prisión en esa causa por negociaciones incompatibles con la función pública y cohecho a raíz de la compra de la ex Ciccone Calcográfica.
El ex vicepresidente había sido condenado en agosto pasado por el Tribunal Oral Federal 4 por dos votos contra uno, pero en diciembre cambió la composición del mismo, y por los votos de Adriana Palliotti y Gabriela López Iníguez se decidió su excarcelación.
Pero la UIF y la OA apelaron la decisión del Tribunal 4 y ahora la Cámara de Casación, con los votos de Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos, dispuso que Boudou vuelva a la cárcel.
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Boudou estuvo detenido en 2017 en una causa por presunto enriquecimiento ilícito y asociación ilícita pero al poco tiempo la Cámara Federal le otorgó la excarcelación, en tanto que al ser condenado por Ciccone Calcográfica fue nuevamente detenido, y tras recuperar su libertad el 11 de diciembre pasado, ahora vuelve a la cárcel.
En la resolución, los jueces votaron de manera distinta, pero coincidieron en la detención de Boudou. «El dictado de la sentencia condenatoria y la individualización de una pena de efectivo cumplimiento aun cuando al misma no se encuentra firme, se presenta como una circunstancia jurídica que debe ser evaluada por no constituir un parámetro exclusivo y autosuficiente en conjunto con las demás pautas objetivas y subjetivas que permiten el análisis de la existencia de riesgos procesales», según votó el juez Hornos.
En ese sentido, el camarista recordó los «vínculos» que Boudou tenía «con varias áreas de la administración pública y que habría influenciado a los organismos del Estado», como ser Ministerio de Economía, AFIP, Comisión de defensa de la competencia, y Casa de la moneda.
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En su voto, el juez Gemignani evaluó que «no se trata ya de asegurar el eventual cumplimiento de la pena sino de disponer su cumplimiento». «Los riesgos devienen desde el dictado de la propia existencia de una sentencia condenatoria aunque ella no se encuentre en autoridad de cosa juzgada», sentenció el magistrado.
Por su parte, Borinsky desplegó críticas hacia el Tribunal 4 y en ese sentido recordó que «omitió considerar debidamente circunstancias relevantes que ya habían sido valoradas jurisdiccionalmente por decisiones anteriores a la presente, que fueron convalidadas por este tribunal».
El juez dijo que hubo una «resolución arbitraria del TOF4 y corresponden descalificar la resolución impugnada como acto jurisdiccional válido».