Conflicto por límites marítimos: “La pretensión chilena no es aceptable”
El Gobierno argentino tomó conocimiento de una medida del Gobierno de Chile publicada este viernes relativa a espacios marítimos. Expone una superposición en la delimitación territorial de soberanía de ambos países, lo que oficializa un nuevo diferendo territorial con la nación trasandina.
- Conclusión en Buenos Aires
- Ago 29, 2021
El canciller Felipe Solá junto al ministro de Defensa, Jorge Taiana. NA
La Cancillería argentina señaló que la medida del Gobierno de Chile de proyectar su plataforma continental al este del meridiano 67º 16′ 0 «claramente no coincide con el Tratado de Paz y Amistad celebrado entre ambos países en 1984», y recordó que los límites marítimos de Argentina fueron aprobados por unanimidad por el Congreso en función de una definición formulada por las Naciones Unidas.
El Gobierno argentino tomó conocimiento de una medida del Gobierno de Chile publicada este viernes y fechada el pasado 23 de agosto en el Diario Oficial de ese país. Relativa a espacios marítimos, expone una superposición en la delimitación territorial de soberanía de ambos países, lo que oficializa un nuevo diferendo territorial con la nación trasandina.
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Por iniciativa de la Cancillería, del Ministerio de Defensa y de la Armada Nacional trasandina, a través de un decreto relativo a la normativa del Derecho Internacional del Mar, con fecha 23 de agosto de 2021, el Gobierno de Chile actualiza los espacios de soberanía marítima nacional de la Zona Austral·. Entre esos espacios se incluye la actualización de la proyección de la plataforma continental de las Islas Diego Ramírez, hasta y más allá el meridiano del Cabo de Hornos.
Esta medida pretende proyectar la plataforma continental al Este del meridiano 67º 16´ 0, lo cual claramente no condice con el Tratado de Paz y Amistad celebrado por ambos países en 1984, señaló un comunicado difundido por el Palacio San Martín este sábado.
En ese sentido, en el texto de Cancillería se recuerda que «el límite exterior de la plataforma continental argentina en esta zona se refleja en la Ley Nacional 27.557, aprobada el 4 de agosto de 2020 por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo el 24 de agosto de ese mismo año».
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«Dicha ley no hace sino recoger en una norma interna la presentación oportunamente efectuada por el Gobierno argentino sobre dicha zona ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC)», se indicó desde el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
El documento de prensa indicó que «esa presentación se ajusta en todo al Tratado de Paz y Amistad y fue aprobada sin cuestionamientos por dicha Comisión con los efectos de establecer un límite marítimo definitivo y obligatorio de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar). Ni la presentación ni la decisión de la Comisión fueron objetadas por Chile».
«La medida intentada por Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental argentina y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos, espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar», aseguró el Gobierno nacional.
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En ese sentido se remarcó que «la citada pretensión chilena no es aceptable para la República Argentina y plantea una situación que corresponderá resolver a través del diálogo en defensa de los derechos argentinos; de acuerdo a la histórica hermandad de nuestros pueblos y el derecho internacional».
La Comisión de Límites de Plataforma Continental, un organismo creado por la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (CNUDM), se encarga de revisar los datos presentados por los estados sobre la determinación de los límites exteriores de la plataforma continental cuando esta se extiende más allá de las 200 millas marinas.