LUNES, 18 DE NOV

Crece la polémica por el corte de Bonadio a la causa y advierten que no corre la prescripción

Todavía no hay explicación clara de por qué el juez decidió investigar hechos entre 2008 y 2015.

LPO 27/08/2018

La revelación de LPO sobre la polémica decisión del juez Claudio Bonadio de acotar la causa de los cuadernos al período 2008-2015 (lo que deja afuera de la investigación a la familia Macri y a Techint) desató un fuerte debate sobre la prescripción o no de los delitos relatados por el chofer Oscar Centeno y admitidos por varios «arrepentidos».

El inicio de la polémica fue la extraña decisión del magistrado de difundir a través del CIJ un «resumen» de la causa, en el que sin explicación alguna señala que la presunta asociación ilícita comandada por Néstor y Cristina Kirchner y Julio De Vido dedicada a pedir sobornos a contratistas de obra pública actuó «entre los años 2008 y 2015».

Como explicó este medio, la elección de ese período en principio dejaría afuera de la investigación parte del relato del chofer Centeno y testimonios claves como los de Claudio Uberti, que integró el gobierno hasta 2007. Ex titular del Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) y hombre clave por aquellos años del equipo de De Vido, declaró ante el fiscal Carlos Stornelli que desde la esfera más alta del poder estaban «al tanto» del traslado de los bolsos con dinero.

Bonadío corta la investigación en 2008 y quedarían afuera Rocca y la familia Macri

Además, detalló con mucha precisión los sucesivos pagos de coimas que realizó Techint a través de Luis Betnaza y también involucró en el pago de sobornos al fallecido empresario José Relats, operador a través de su hija del elegante Hotel Los Sauces del Calafate, proyecto personal de la ex presidenta. Ambos hechos se produjeron en el 2007, por lo que la decisión del juez dejaría fuera de esta causa tanto a Betnaza como a Héctor Zabaleta, con la curiosidad que ambos confesaron la veracidad de los hechos relatados.

Otro testimonio clave fue el de Carlos Wagner, el ex presidente de la Cámara Argentina de la Construcción que mencionó a varias empresas en el circuito de las coimas y por eso podría salpicar incluso a la familia del Presidente. Habló de un sistema que empezó en 2003 de mesas de cartelización y reparto de obra pública en base al pago de coimas, del que ya en 2004 participaba Iecsa. En ese entonces, la firma no estaba a nombre de Ángelo Calcaterra sino de la familia Macri.

Carlos Stornelli Foto NA: SANTIAGO PANDOLFI

Se trata de al menos dos testimonios que podrían ser impactantes para desentrañar el esquema de corrupción del kirchnerismo y de los empresarios de obra pública, pero que ahora aparentemente quedarían en la nebulosa por la decisión de acotar el período. Esto siempre teniendo en cuenta la escasa información suministrada por Bonadio, polémica sobre todo porque no se conoce la justificación de porque se corta la investigación en 2008.

Las críticas que generó esa decisión hizo que desde sectores ligados al oficialismo se intentara argumentar que los delitos anteriores al 2008 están prescriptos. Esto sería así porque al ser asociación ilícita el delito investigado el plazo de prescripción serían 10 años (el máximo de condena por ese delito).

No obstante, abogados explicaron a LPO que no corre esta posibilidad porque el artículo 67 del Código Penal es taxativo en que la prescripción «se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública, para todos los que hubiesen participado, mientras cualquiera de ellos se encuentre desempeñando un cargo público».

Es decir que en todo caso el plazo de prescripción comenzaría a correr el 10 de diciembre de 2015, día en el que Cristina Fernández de Kirchner y Julio De Vido, por ejemplo, dejaron la función pública.

Alejandro Rúa, abogado de Amado Boudou, explicó que el corte temporal de Bonadio tiene que ver con el requerimiento de instrucción del fiscal Stornelli, aunque éste aclaró que no descarta «la posibilidad de que (la asociación ilícita) hubiera operado aún antes o después de aquellos años», es decir entre 2008 y 2015. «El objeto de proceso lo fija el requerimiento de instrucción, que fue bastante claro en cuanto a los tiempos, más allá de que puede ser ampliado cuando lo impongan los nuevos elementos del caso», señaló el letrado en redes sociales.

Foto NA: JUAN VARGAS

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