VIERNES, 22 DE NOV

Denuncian penalmente a Diputados nacionales que aprobaron la Ley Bases

Los denunciantes señalaron que “la gravedad de la situación creada por Milei requiere respuestas comprometidas con la democracia”, y consideraron que denunciar los atropellos “no es una opción sino una obligación”.

 

El titular nacional de la Central de los Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTAA), Hugo Godoy, personalidades de la política, la justicia y de las organizaciones de derechos humanos, presentaron una denuncia penal contra los diputados nacionales que aprobaron la Ley Bases.

La presentación fue firmada por Godoy, Adolfo Pérez Esquivel, Alicia Castro, Eduardo Barcesat, Carlos Rosanski, Claudio Lozano, Jorge Elbaum y Atilio Borón y fue elevada a la Cámara Nacional en lo Criminal y Correcional Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)  contra los legisladores que el 30 de abril “otorgaron la suma del poder político al Gobierno”.

Los denunciantes acusaron a los diputados que votaron a favor de la Ley Bases sobre la base de “las figuras de violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad (artículo 248 del Código Penal) y falsedad ideológica de instrumento público (artículo 292)”, delitos para los que se prevé penas de prisión “muy severas y, para el caso del delito de concesión de facultades tiránicas, el de prisión perpetua”, sostuvo el titular de la central obrera en un documento.

Javier Milei junto al busto de Carlos Saúl Menem

“La acusación también debe considerarse interpuesta contra toda persona que durante la investigación pudiese resultar identificada como cómplice y/o instigadora de los hechos denunciados. El presidente Javier Milei debe ser investigado como posible instigador (artículo 45 del Código Penal) al enviar el proyecto de ley con media sanción. Si los senadores ingresan en el mismo ámbito de ilicitud tienen que ser alcanzados por la denuncia de oficio”, añadió.

El presidente Javier Milei debe ser investigado como posible instigador (artículo 45 del Código Penal) al enviar el proyecto de ley con media sanción

También aclaró que “no se trata de ‘criminalizar’ opiniones o discursos -aunque muchas veces resultan en sí mismos constitutivos de un delito, como cuando por su intermedio se practica la apología de delitos y/o de delincuentes-“, sino de “lo que hicieron los legisladores, quienes se apartaron de sus deberes concretos mediante inadmisibles concesiones de poder, que convierten al Gobierno en una suerte de ‘soberano absoluto’”, añadió el escrito presentado ante la justicia.

El artículo 29 de la Constitución determina que “el Congreso no puede conceder al Ejecutivo ni a las Legislaturas provinciales y a los gobernadores de provincias facultades extraordinarias, la suma del poder público y otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna, porque esos actos son de una nulidad insanable y sujetarán a aquellos que los formulen, consientan o firmen a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria“, reseñó el documento del sector.

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