«Destruir un silobolsa es destruir el trabajo y por eso presentamos un proyecto de ley que castigue el vandalismo rural»
Según el texto predentado por el presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Sergio Massa, en el Código Penal actual existen algunas regulaciones previstas como Estrago, pero son de 'aplicación imposible como defensa de la propiedad', ya que se enmarcan dentro de los llamados delitos contra la Seguridad Pública.
- Conclusión en Buenos Aires
- Jul 1, 2020
La iniciativa del presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, tiene como objetivo frenar el daño a cosechas, silos o tolvas, ya que considera que es «la destrucción del trabajo argentino». Por eso, propone que se contemplen esos vandalismos como «delito contra la propiedad», y quienes provoquen destrucciones podrían cumplir una pena de hasta 5 años de prisión.
Ante los recientes daños a silobolsas en la región productora de Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires y Entre Ríos, Sergio Massa impulsa un proyecto de Ley, acompañado por el diputado Ramiro Gutiérrez (FDT) para que se tipifique como «vandalismo rural» a cualquier daño contra silos, tolvas o silobolsas, con una pena de hasta 5 años de prisión. También, propone una condena de 12 años para quien libere patógenos, tóxicos o emisión de radiaciones, incendio, explosión, inundación que generen un peligro para la vida.
El motivo principal de la propuesta es que se considera que «se protege desde el origen el ciclo producción-exportación de un sector esencial de la economía nacional»; y que además «destruir un silobolsa es destruir el trabajo argentino».
Por eso, se propone la creación del delito de «vandalismo rural», para que «opere como un daño especial y agravado cuando se afecta el desempeño o explotación de un establecimiento rural», lo que podría dar una pena de hasta 5 años de prisión por vandalismo.
Asimismo, se explica que hasta el momento el Código Penal actual no considera «delito» sino como «estrago» a los daños a cualquier tipo de unidad de almacenamiento de cosechas, pero que son de “aplicación imposible como defensa de la propiedad”, ya que se enmarcan dentro de los llamados delitos contra la Seguridad Pública, requiriendo para su configuración una lesividad superior y diferente a las del daño a la propiedad privada.
En la misma línea, el proyecto además propone penas de hasta 12 años de prisión por liberación de patógenos, tóxicos o energía, emisión de radiaciones, incendio, explosión, inundación, derrumbe, o cualquier otro proceso destructor que puede causar el delito de estrago y que genere un peligro para la vida.