MARTES, 26 DE NOV

Diputados aprobó el proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública

De esta manera los tres poderes del Estado y los organismos autárquicos estarán obligados a brindar información a cualquier ciudadano que lo requiera. La votación tuvo 229 votos a favor y 4 en contra.

La Cámara de Diputados aprobó hoy con 229 votos a favor y 4 en contra y giró al Senado el proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, que obligará a los tres poderes del Estado y a los organismos autárquicos a brindar información a cualquier ciudadano que lo requiera.

Los únicos votos en contra pertenecieron a los diputados del Frente de Izquierda, que evaluó que la Agencia de Acceso a la Información Pública, organismo encargado de velar por la aplicación de la ley, será igual que «la inerte Oficina Anticorrupción».

De hecho, las pocas objeciones que recibió el proyecto en medio del amplio consenso se refirieron al hecho de que el director de ese organismo será propuesto por el Poder Ejecutivo sin intervención de los otros poderes del Estado, mientras que su remoción deberá ser consultada con una comisión bicameral del Congreso cuya opinión, sin embargo, no sería vinculante.

Esto fue modificado durante la votación en particular a pedido de la diputada del Frente Renovador Graciela Camaño, quien advirtió que la opinión de esa comisión del Congreso respecto de la remoción del funcionario debería ser vinculante, lo cual fue aceptado por el oficialismo.

La defensa inicial del proyecto estuvo a cargo del diputado oficialista Pablo Tonelli, quien lo calificó como «un gran avance» para que el Congreso «cumpla con una deuda que arrastra desde hace muchísimos años» y agregó: «La transparencia, la publicidad de los actos de gobierno, es una de las mejores herramientas para luchar contra la corrupción».

En la misma línea, el jefe del interbloque oficialista, Mario Negri, aseguró que «no es lo mismo luchar contra la corrupción sin Ley de Acceso a la Información Pública, queda casi manca esa lucha sin esta ley».

En tanto, su compañera de interbloque Karina Banfi afirmó que «con esta ley se está saldando una deuda con la democracia» y agregó que «la Ley de Acceso a la Información Pública es una nueva forma de gobernar».

A su turno, la diputada del FPV Diana Conti recordó que «mientras el Congreso estaba en deuda, el Ejecutivo a cargo de Néstor Kirchner dictó un decreto (el 1172 de 2003) que ha recibido halagos de toda la sociedad civil y de los organismos internacionales».

Tras destacar ese decreto, que se refería al acceso a la información en el ámbito del Poder Ejecutivo, Conti subrayó que «en estos años maduró la idea de que el derecho a la información pública es un derecho humano fundamental».

Por su parte, Camaño sostuvo que «el decreto 1172 ha posibilitado el acceso a la información, pero esta ley hace que se pueda poner a disposición del pueblo» y reparó en que «el Gobierno que se fue no permitía el acceso a la información pública».

No obstante, subrayó que «todavía hoy no la hay», porque «no hay índices de pobreza, de desocupación, de precios» y agregó: «Claro que al poder le cuesta trabajo abrirse a la información. Por eso es tan importante este debate».

«Es un proyecto que debemos apoyar todos y no solo en el fondo, sino también valorar la forma en que el Poder Ejecutivo ha trabajado para lograr apoyo», sostuvo a su turno la diputada socialista Alicia Ciciliani.

La iniciativa dispone que los tres poderes del Estado, el Ministerio Público Fiscal, el de la Defensa, el Consejo de la Magistratura, las empresas del Estado y los concesionarios y licenciatarios de servicios públicos y el Banco Central, entre otros, deben brindar información a cualquier ciudadano que la solicite.

El área del Estado a la que se le requiera deberá satisfacer ese reclamo en un plazo de 15 días hábiles, prorrogable por otros 15, salvo en las excepciones previstas, referidas la información clasificada como confidencial o que comprometa la seguridad nacional.

La Agencia de Acceso a la Información Pública será la encargada de hacer el seguimiento del trámite y emplazar a los funcionarios a responder a la solicitud, así como a sancionarlos en caso de no responder en tiempo y forma.

El director de ese organismo tendrá rango de subsecretario (lo cual fue cuestionado también por la oposición) y será designado por el Poder Ejecutivo, mediante un proceso de selección que incluirá la publicación de sus datos y antecedentes en el Boletín Oficial y la recepción de observaciones y objeciones.

Los detalles de la ley:

El proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública aprobado hoy tiene un alcance más amplio que el decreto firmado por el ex presidente Néstor Kirchner y cualquier funcionario que se niegue incurrirá en mal desempeño de los deberes de funcionario público.

El decreto 1172 de 2003 firmado por el entonces presidente Néstor Kirchner establecía el acceso a la información sólo en el ámbito del Poder Ejecutivo, mientras que el proyecto aprobado por la Cámara baja abarca también al Legislativo y al Judicial.

Así lo indica el artículo 7 del proyecto, donde se establece que también están obligados a brindar información a quien la solicite el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa, el Consejo de la Magistratura, las empresas del Estado y los concesionarios y licenciatarios de servicios públicos y el Banco Central, entre otros.

El eje central de la iniciativa es el principio de «legitimación activa», según el cual «toda persona humana o jurídica, pública o privada» puede solicitar información pública sin necesidad de contar con un patrocinio legal ni exponer la motivación de su solicitud.

El pedido de acceso a información pública se puede hacer por escrito o por medios electrónicos y, según el artículo 11, el área del Estado a la que se le requiera deberá satisfacer ese reclamo en un plazo de 15 días hábiles, prorrogable por otros 15.

El funcionario a cargo del área sólo podrá negarse en caso de que la información esté «clasificada expresamente como reservada o confidencial»; esté en poder de la Unidad de Información Financiera (UIF); no exista; comprometa los intereses del Estado, la seguridad nacional, secretos industriales, comerciales, financieros o científicos, o ponga en riesgo los derechos de un tercero, entre otras excepciones.

El órgano encargado de dar curso a los pedidos de información y de determinar si el reclamo puede ser respondido o si debe denegarse por tratarse de información incluida en las excepciones será la Agencia de Acceso a la Información Pública, cuya creación está establecida en el artículo 19.

A pedido de la diputada oficialista Elisa Carrió, se dejó establecido en la iniciativa que el funcionario público que se niegue a brindar información incurrirá en la figura de «mal desempeño de sus funciones», lo cual puede ser causal de juicio político.

El director de la Agencia de Acceso a la Información Pública, que tendrá rango de subsecretario y durará en su cargo cinco años con posibilidad de renovar su mandato una sola vez, será designado por el Poder Ejecutivo, que deberá publicar sus datos y antecedentes en el Boletín Oficial.

Los ciudadanos, las organizaciones no gubernamentales y colegios profesionales podrán presentar observaciones y objeciones al nombre propuesto por el Presidente durante un período de 15 días, ante lo cual el Poder Ejecutivo decidirá si confirma o ratifica la candidatura.

La remoción del funcionario también quedará a criterio del Poder Ejecutivo, aunque deberá estar avalado por un dictamen de una comisión bicameral del Congreso encabezada por el presidente provisional del Senado.

El proyecto establece también vías de reclamo para los ciudadanos que se encuentren frente a una denegatoria de su pedido de información, situación en la cual podrá recurrir al fuero Contencioso Administrativo Federal, sin perjuicio de hacer un reclamo administrativo ante la Agencia de Acceso a la Información.

Ese reclamo deberá ser presentado dentro de un plazo de 40 días hábiles desde el vencimiento del período que tiene el Estado para brindar información.

 

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