Diputados: media sanción al proyecto que autoriza aceite de cannabis para uso medicinal
La Cámara baja aprobó por 221 votos el proyecto de ley que permite al Estado importar y distribuir el aceite para tratar determinadas enfermedades, aunque sin permitir el monocultivo.
- Nacional
- Nov 23, 2016
Por Aldo Battisacco – Desde Buenos Aires (Enviado especial)
La Cámara de Diputados aprobó en general por 221 votos el proyecto de ley que autoriza al Estado a importar y distribuir el aceite de cannabis para tratar determinadas enfermedades, pero sin permitir el monocultivo, como solicitaban organizaciones de familiares que padecen epilepsia refractaria.
Tras esta instancia, resta que en el tratamiento que se le dé al articulado en particular se incorpore la posibilidad de hacer un registro de pacientes con patologías, para que el Ministerio de Salud elabore una nómina que será la que tomará en cuenta el Estado para cuando se distribuya el aceite de cannabis en forma gratuita.
La ley, no obstante, aún no quedó terminada. Otro de los párrafos que se debatirá y que fue motivo de controversias es el que refiere a la situación de punibilidad de las personas que cultivan el cannabis con uso medicinal. Allí, se estaba negociando la inclusión de un párrafo en el que se haga expresa alusión de que las mamás o familiares de un paciente que demanda el uso de aceite de cannabis quede fuera de la tipificación que hace el Código Penal respecto de esta conducta. No así las personas que cultivan con otros fines.
En declaraciones a Conclusión, el diputado nacional por Misiones Jorge Franco aseguró que está de acuerdo con la medida ya que cree que «es una herramienta fundamental que tienen las madres para ayudar a sus familiares con los problemas de salud».
«Hay que ser más amplio en la apreciación. El tema de fondo es no criminalizar a las madres y ponerlas en el mismo estatus que un narcotraficante, porque no es lo mismo”, agregó Franco.
De igual manera, también sostuvo que “se debe permitir el autocultivo por las características propias de la producción de los distintos componentes y que eso se adapta a las distintas patologías», ya que se trata de «una medicina alternativa de última instancia» y «no una primera elección de tratamiento», pero que sí es «algo que ayuda, que hace bien, que está demostrado por estudios científicos en muchos lugares del mundo como Estados Unidos, Canadá, Israel o Chile y que tiene efectos colaterales casi nulos”.
Jorge Franco, además, fue firme al diferenciar la problemática del narcotráfico respecto del uso medicinal: “La droga en los jóvenes no entra por estas cosas, entra por los dealers y lo que hay que combatir, el narco, no porque una persona cultive porque tiene un dolor, una esclerosis múltiple o un cáncer. No podes tratar un tema de salud como si fuera un problema de seguridad”.
El proyecto aprobado en general también autoriza a investigar las propiedades terapéuticas de esta sustancia para atacar patologías como, por ejemplo, la epilepsia refractaria.
En materia de autocultivo, quien lo hace está sujeto a la ley penal, pero también es cierto que si una madre no recibe del Estado el aceite o no posee los recursos para comprar el producto importado, no sería pasible de sanción si cultiva con el objetivo de uso medicinal. Están dadas las condiciones del artículo 34 del Código Penal, donde existe una causal de excusación para este tipo de casos; es decir, no sería imputable cuando se compruebe que el uso de las plantas de cannabis son destinadas a producir el aceite para consumo medicinal.
El órgano competente que intervendrá para aprobar la importación de aceite de Cannabis será la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), e intervendrá solo en el caso que sea requerida por personas con patologías nomecladas en el programa respaldadas con la documentación medica que acredite su condición paciente.
Para hacer factible la posibilidad de este tipo de permiso se creará en el ámbito del Ministerio de Salud un registro nacional de inscripción voluntaria de pacientes y familiares que se estén tratando con el aceite o sus derivados. El cumplimiento de este requisito los facultara a acceder de manera gratuita del aceite de cannabis.
Otro de los aspectos que se aprobó en general que no fue establecido es el listado de patologías, de esta manera, será a partir de la reglamentación de la ley de cómo se resolverá el tema a futuro.
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