VIERNES, 22 DE NOV

AFIP aumentó el monto para informar los movimientos de tarjetas y billeteras virtuales

La normativa fue oficializada el lunes en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5512 del organismo recaudador, y aplica para operaciones desde el 1 de junio.

 

La administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, a cargo de Florencia Misrahi, elevó este lunes de $200.000 a $700.000 el importe a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben informar las transacciones, los saldos y los consumos de los usuarios. También estableció que este monto se actualizará cada 6 meses a partir de la inflación que mide el Indec.

El régimen de información de transacciones, consumos y saldos de cuentas establece un piso a partir del cual los datos de un movimiento de dinero deben de ser declarados ante la entidad recaudadora, con el objetivo de que pueda disponer de los mismos para evaluar la situación fiscal de los contribuyentes en caso de ser necesario. Según la resolución publicada busca «mejorar y simplificar los trámites y agilizar los procesos del contribuyente”.

La normativa fue oficializada este lunes en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5512 de la AFIP, y aplica para operaciones desde el 1 de junio. Las billeteras virtuales deberán notificar todo ingreso o egreso mayor a $400.000 (antes era a partir de los $120.000).

El mismo aumento y el mismo monto aplicará para los consumos con tarjetas de débito. Las acreditaciones y saldos mensuales y los saldos en plataformas electrónicas a declarar pasarán de $200.000 a $700.000, mientras que el monto mínimo para advertir sobre transferencias bancarias pasa de $400.000 a $1.400.000.

La AFIP especificó que los nuevos valores resultarán de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos ocurran a partir del 1 de agosto y del 1 de febrero de cada año, según corresponda.

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